Alejandra todavía no aparece. Es la segunda vez que KIOSKO viaja a
Puebla para tratar de hablar con ella. Frente a su casa, de pronto, su
madre abre la puerta. Juana Sánchez Rojas tiene un fuerte golpe en la
frente y el ojo. Ante la cámara fotográfica, simplemente se oculta.
Marco Antonio Moreno, integrante de la Red Nacional de Abogadas y
Abogados por la Defensa de la Reproducción Elegida (RADAR 4°), presente
en el lugar esa mañana, asegura que aquí, en esta casa de la colonia
Xonaca se vive violencia intrafamiliar. Dicen los activistas que cuando
el padre de Alejandra se enteró del aborto de su hija casi la mata a
golpes.
Juana, tras la puerta entrecerrada, comenta que tiene prohibido
hablar; que su esposo tuvo una fuerte discusión con su hija y que desde
entonces no la ve... y es que Alejandra tenía 14 semanas de embarazo
cuando decidió abortar, tomó pastillas, tuvo una hemorragia por lo que
acudió a la Cruz Roja de Puebla, entidad donde el aborto está
prohibido, salvo los casos que prevé la ley.
Por lo anterior, se dio aviso a las autoridades para hacer el
levantamiento del cadáver o feto y se inició la averiguación previa
AP61/2009/ AEH, “para determinar su situación legal debido a que de
acuerdo a la ley local, cometió un homicidio por provocarse un aborto y
deberá responder ante las autoridades por sus actos”, cita el
documento.
Su tío Raúl Gómez, visiblemente molesto e irritado comenta, vía
telefónica, que su sobrina reconoce que cometió un error que “tendrá
que pagar”: “Ella ya está asistiendo a terapias con una psicóloga” y
agrega que la familia se ha puesto de acuerdo para proteger a Alejandra
de “los medios”. Grita y amenaza que no quiere vernos más rondando la
casa de su sobrina o no responde y que, de acuerdo a su declaración,
Alejandra cometió un aborto no intencional.
Mientras tanto esta mujer de 20 años continúa oculta como hizo esa
madrugada del 2 de agosto en la Cruz Roja, recuerda su amigo César.
Ella, tras las sábanas azules de su cama, como si fuera una burka de la
que no querría haber salido, sumándose al grupo de mujeres de
Afganistán, Irán, Libia, Somalia, donde el aborto está penalizado en
prácticamente todas sus circunstancias.
En el extremo, la posición liberal se da en países como Canadá,
China, Cuba, los Países bajos y Vietnam, así como algunos territorios
de Australia, donde el aborto es aceptado a demanda de la mujer, sin
límite de tiempo o plazo para la interrupción del embarazo.
Marco Antonio, de RADAR 4°, agrega que Alejandra fue obligada a ir
por el feto que estaba en el baño de su casa y llevarlo ante las
autoridades para que éste fuera enterrado en la fosa común. La
investigación continúa para determinar si su legrado fue inducido o se
trató de una complicación del embarazo.
Una celebración opacada
En México, Congresos estatales han promovido reformas
constitucionales mediante los cuales se pretende dar marcha atrás a los
avances en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Lo anterior tiene como consecuencia directa la penalización de la
interrupción legal del embarazo y la negación del derecho a decidir de
las mujeres, reconoce la Academia Mexicana de Derechos Humanos, en el
boletín informativo Ombudsman Ciudadano No. 13.
En el documento se asegura que después de que en 2007 en el Distrito
Federal se aprobó la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) se pensaba
que el respeto y garantía de los derechos sexuales y reproductivos en
la sociedad mexicana eran una realidad en materia de derechos humanos
de las mujeres.
Sin embargo, la celebración fue opacada y duró poco pues en varios
Congresos se presentaron iniciativas de reformas en las cuales se
legisla la vida desde la concepción hasta la muerte natural.
Tal es el caso de Baja California, Campeche, Chihuahua, Colima,
Durango, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Nayarit, Puebla, Quintana Roo,
San Luis Potosí, Sonora, Yucatán y Querétaro, que han aprobado reformas
a sus Constituciones, protegiendo la vida del óvulo humano fertilizado,
en muchos casos otorgándole el carácter de persona.
En días recientes, la Comisión de Puntos Constitucionales de la
Cámara de Diputados de Querétaro aprobó por unanimidad la ley
antiaborto, la cual garantiza la vida desde la concepción, cerrando
cualquier posibilidad de que pueda interrumpirse el embarazo antes de
las 12 semanas de gestación.
Sin embargo, el dictamen todavía no es llevado al pleno para su aprobación.
A su vez, Aguascalientes, Estado de México, Michoacán, Oaxaca y
Veracruz dan pasos en la misma dirección al presentar entre octubre de
2008 y mayo de 2009 iniciativas para proteger la vida desde la
concepción.
Brahim Zamora Salazar, vocero de la organización civil Red
Democracia y Sexualidad Demysex-Puebla, comenta que las reformas
constitucionales recién aprobadas en esa entidad apuntan hacia la
“criminalización” de mujeres que deciden practicarse un aborto en
cualquier circunstancia, pues cabe la posibilidad de que sean
procesadas legalmente.
Contra la criminalización
“Queremos evitar que las mujeres sigan abortando y que lo hagan de
manera clandestina e insegura. Alejandra Gómez fue criminalizada y esto
es lo que quisiéramos prevenir”, asegura la Organización Civil
Demysex–Puebla, una de las principales promotoras de la defensa del
derecho a decidir en la entidad.
Fedora Castro, abogada de GIRE, Grupo de Información en Reproducción
Elegida, explica que las reformas constitucionales violan múltiples
derechos de las mujeres, reconocidos en la Constitución federal y en
los tratados internacionales firmados y ratificados por México.
Agrega que las reformas criminalizan a las mujeres y las orilla a
practicarse abortos clandestinos que ponen en riesgo hasta su vida y
genera más muertes de mujeres por abortos mal practicados e incluso
eleva los índices de muerte materna, además de que invisibiliza los
graves problemas de salud pública que ello implica.
Asimismo, “proteger la vida desde la concepción o fecundación de
manera absoluta consagra a las mujeres como meros instrumentos
reproductivos sin reconocer que son titulares de derechos y que gozan
del derecho a la libertad sexual y a la autodeterminación reproductiva.
Además, pone en riesgo el uso de métodos anticonceptivos que tienen
efectos anti-implantatorios, como el Dispositivo Intrauterino, que es
el segundo método más usado por mujeres en México, pues éste busca
evitar la implantación del óvulo fertilizado”, dice Castro.
Visión de los derechos reproductivos
En Baja California, el artículo 7 constitucional tutela el derecho a
la vida al sustentar que “desde el momento en que un individuo es
concebido, entra bajo la protección de la ley y se le reputa (sic) como
nacido”. En Campeche, el artículo 6 constitucional, aprobado por el
Congreso el 23 de abril de 2009, dice que toda persona tiene derecho a
que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley desde
el momento de la fecundación hasta su muerte natural. En Colima el
artículo 1 constitucional suscribe que la vida es un derecho inherente
a todo ser humano que el Estado protegerá y garantizará desde la
concepción, (fue aprobado el 20 de marzo de 2009).
En Durango, en el artículo 1 el Estado reconoce, protege y garantiza
el derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que
desde el momento de la fecundación entra bajo la protección de la ley y
se le reputa (sic) como nacido. (Aprobada en mayo de 2009).
En Guanajuato, el 1 constitucional determina que persona es todo ser
humano desde su concepción hasta su muerte natural y el Estado le
garantizará el pleno goce y ejercicio de todos sus derechos. (Aprobado
en mayo de 2009).
Según organizaciones civiles, la mujer que aborta en Guanajuato es acusada de homicidio en razón de parentesco.
El 4 constitucional en Jalisco reconoce, protege y garantiza el
derecho a la vida de todo ser humano, al sustentar expresamente que
desde el momento de la fecundación entra bajo protección de la ley
(aprobada el 26 de marzo de 2009). En Morelos, el 2 constitucional
reconoce que todo ser humano tiene derecho a la protección jurídica de
su vida (aprobado el 11 de noviembre de 2008).
En Nayarit, el 7 constitucional reconoce, protege y garantiza el
derecho a la vida de todo ser humano desde la fecundación; (aprobada el
17 de abril de 2009).
En Puebla, el 26 constitucional sustenta que la vida humana debe ser
protegida desde el momento de la concepción hasta su muerte natural,
salvo los casos previstos en las Leyes, mientras que en Quintana Roo,
el 13 constitucional (aprobado el 21 de abril pasado) reconoce, protege
y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano al sustentar
expresamente que desde la concepción está bajo la protección de la ley.
San Luis Potosí, en el 16 constitucional, reconoce la vida humana
como fundamento de todos los derechos de los seres humanos, por lo que
la respeta y protege desde su inicio en la concepción (aprobado el 21
de mayo pasado).
Sonora, en el 1 constitucional tutela el derecho a la vida, al
sustentar que desde la fecundación de un individuo, entra bajo la
protección de la ley y se le reputa (sic) como nacido (aprobada el 21
de octubre de 2008); Yucatán, en el 1 constitucional, garantiza el
derecho a la vida de todo ser humano. (aprobado el 15 de julio pasado).
Aseguran buenos resultados en el DF
En contraste, datos en el libro La moralidad del aborto, de Gustavo
Ortíz Millán, revelan que la ley que despenalizó la interrupción del
embarazo en las primeras 12 semanas de gestación se ha aplicado con muy
buenos resultados en el DF.
De abril de 2007 a agosto de 2008 se han realizado unos 12 mil 679
abortos legales. “Se han practicado en óptimas condiciones en 14
hospitales del gobierno capitalino y una clínica; 85% de las mujeres
reciben pastillas vía oral para embarazos de menos de 63 días; el resto
se realiza con aspiración manual o eléctrica endouterina, que reduce
los riesgos para la salud y la vida de la mujer”.
María Consuelo Mejía, directora de Católicas por el Derecho a
Decidir, refiere que ante avances como los mencionados, que permiten
que las mujeres del DF cuenten con el reconocimiento a su autoridad
moral, la protección de su salud y la garantía del derecho inalienable
a decidir sobre sus cuerpos y sus vidas, se contraponen diversas
expresiones del fundamentalismo religioso, donde la jerarquía católica
conservadora no ceja en su intento de imponer su concepción de la moral
“única” a las mujeres.
“Muestra de ello son los cambios en las Constituciones de nueve
estados. Baja California, Sonora, Colima, Morelos, Puebla, Jalisco,
Nayarit, Durango y la reciente modificación en Quintana Roo, donde
legisladores liderados por partidos como el PRI y el PAN, por encima de
los derechos de las mujeres, han llevado las posturas de la jerarquía
católica a los espacios legislativos.
Estos cambios a las Constituciones, asegura Mejía, vulneran los
derechos de las mujeres ante las realidades especificadas en los
códigos penales, reduciendo su papel a funciones reproductivas, lo cual
pone en riesgo las causales permitidas.
En contraparte, para Jorge Adame Goddard, del Instituto de
Investigaciones Jurídicas de la UNAM, las reformas constitucionales
locales no deben ser vistas como ley anti aborto, sino como leyes que
buscan regular las relaciones entre individuos y poder público. Dichas
leyes, dice, significan una apertura al futuro, a una sociedad en la
que prive la solidaridad sobre los intereses económicos y políticos.
Mientras, dicen que Alejandra se cambió el nombre, que ahora es
Alessandrina, para continuar su vida bajo una burka autoimpuesta por la
presión de la averiguación penal de la que es objeto.