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| Frena tribunal guerra de spots de AN contra AMLO Denigraciones y difamaciones malinforman a la sociedad, señala
Arturo Zárate Vite Por mayoría, la Sala Superior estableció: "No se vale caer en denigraciones y difamaciones porque se informa mal a la sociedad". Determinó también que los spots deben estar sujetos al "canon de la veracidad", para que no haya una difusión de premisas falsas. Exigió que las bases para elaborar los mensajes se sustenten en elementos creíbles y racionales. Los contenidos de los spots, añadió, deben contribuir a fomentar el voto y a coadyuvar a la valoración de las propuestas políticas. En su resolución, el TEPJF ordenó al PAN no volver a transmitir tres anuncios que denigran y difaman al candidato Andrés Manuel López Obrador. Además, reprobó el uso de expresiones como "López Obrador es un peligro para México" y "López Obrador permitió estos delitos". Resolvió que en uno de los dos spots priístas analizados, protagonizados por Roberto Madrazo, se quite la frase "Mentir es un hábito para ti", porque no se puede sacar esta conclusión por la declaración que hizo el candidato perredista de que deberían realizarse hasta 10 debates, cuando finalmente sólo aceptó acudir a uno. Los magistrados establecieron que el Instituto Federal Electoral (IFE) tiene facultades para revisar y resolver estos casos, sin que haya necesidad de que lleguen al tribunal. El fallo se dio a unas horas de que el Consejo General del IFE decida si apoya o rechaza el dictamen de la Junta General Ejecutiva que plantea retirar el spot panista que muestra a López Obrador y las tomas de pozos petroleros y linchamientos en Tláhuac. El consejero presidente del IFE, Luis Carlos Ugalde, afirmó que el instituto acatará los criterios emitidos por el TEPJF.
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