Hace unos días, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, declaró que . En efecto, policías de la Ciudad de México habían sido comisionados para brindar una suerte de protección selectiva a ciertos personajes. Tal escenario, podría calificarse como el desvío de recursos públicos (la labor policial) para fines privados, especialmente porque los beneficiarios del servicio no pagaban por él.

Este caso parece replicarse en otras entidades federativas. Por ejemplo, en Jalisco, en septiembre de 2016, el entonces Diputado por Movimiento Ciudadano Augusto Valencia, presentó ante el Congreso local una iniciativa de ley para regular la asignación de policías como escoltas, denunciando la forma en que el gobierno de la entidad utilizaba parte de los cuerpos policiacos en labores cercanas a los servicios de seguridad privada. Esta iniciativa sintonizaba con la política emprendida por el Gobierno Municipal de Guadalajara, que entonces presidía el hoy Gobernador Enrique Alfaro (2015-2017), en la que los policías que estaban comisionados a tareas de protección selectiva regresaron a sus labores policiales regulares. Ya antes, Macedonio Tamez había señalado una situación semejante cuando estuvo al frente de la Dirección General de Seguridad Pública de Guadalajara (2007-2009) (Tamez, 2016).

La protección selectiva –también llamada VIP o cercana- (Cox, 2001; O’Connor, 1996) a personajes específicos (políticos, ministros religiosos y empresarios, entre otros) no tendría que desacreditarse a priori. Es posible que ésta se justifique por el papel que dichos personajes han tenido en el panorama local o bien, ante una amenaza específica.

El problema en los casos evocados es que la asignación de policías como escoltas se hace bajo criterios discrecionales, opacos y aprovechando el amplio margen que da la vieja práctica del “oficio de comisión” dentro del quehacer burocrático en México. Así, la protección se convierte en un recurso que Jefes de Policía, Presidentes Municipales, Secretarios de Seguridad Pública, Secretarios de Gobierno o Gobernadores pueden movilizar en el circulo de reciprocidad que sostienen con otros poderes: el trabajo policial, en vez de ser un servicio público, se convierte en moneda de cambio entre las élites. Además, la protección que reciben estos beneficiarios también representa la potencial desatención del resto de la población.

Otro escenario posible es que los policías sean asignados como escoltas porque, dada la precariedad de sus salarios, son los personajes en cuestión los que pagan una especie de sobresueldo a los cuerpos policiacos. Ante condiciones laborales tan castigadas, las policías tienen incentivos de recibir recursos de particulares y, en ese sentido, responder con un esquema de protección selectivo. Por su parte, cualquiera que tenga los recursos financieros podría “contratar” a un policía, pues puede aportar más a su seguridad que un guardia privado.

Desde luego, tales prácticas escapan a la transparencia y la rendición de cuentas. De hecho, los casos antes mencionados saltan al espacio público porque nuevas administraciones buscan remediar lo yerros de sus antecesores, generalmente de partidos políticos opuestos al suyo.

Lo anterior supone que la detección de este problema y la voluntad de revertirlo está asociado, sobretodo, a un elemento partidista. Dicho en otros términos, la posible regulación o desarticulación de este tipo de prácticas depende de tensiones inter (e intra) partidistas y no de mecanismos institucionales cotidianos que trasciendan agendas políticas de corto plazo. Así, más que lograr la adopción de criterios claros, estrictos y públicos para comisionar a policías como escoltas o la anulación de esa forma de protección, las medidas reactivas pueden limitarse a ser una suerte de revancha política: si la protección era un premio para las élites, no contar con ella podría obrar como una especie de castigo.

Otras tres lecciones pueden retomarse de este caso. Primero, la vinculación entre el poder político y el poder económico para la puesta en marcha de mecanismos de protección es compleja y así tiene que ser analizada y, en su caso, mejor regulada. Ni todo es privatización de la seguridad pública, ni la intervención de agentes no-estatales en temas de seguridad es siempre condenable. El tema está, como casi siempre en política pública, en el arte de “los cómos”. Segundo, esquemas como las Policías Auxiliares y otros que se sitúan entre lo público y lo privado, ameritan ser examinados y actualizados, pues suelen quedarse en el punto ciego de los análisis sobre la tarea policial. Si algo tiene que transformarse o erradicarse no puede ser desde agendas partidistas sino desde visiones de largo plazo. Finalmente, toca asumir que los agentes privados tienen un rol activo, incluso protagónico, en la definición de la política de seguridad y, más allá de defender la primacía de lo político sobre lo económico o viceversa, tal vez sea tiempo de ver en la conquista de un esquema de coproducción equitativo el objetivo a alcanzar.

Cox, David (2001) Close protection: the politics of guarding Russia’s rulers, Connecticut: Praeger, 173 pp.

Tamez, Macedonio (2016), Política y Corrupción: la crisis de inseguridad en México, México: Temas de Hoy, 240 pp.

O’Connor, Richard (1996) Bodyguards: the world of VIP Protection, London: Arms and Armour, 192 pp.

María Teresa Martínez

Estudiante de Doctorado en Sciences Po, París e Investigadora del Observatorio Nacional Ciudadano.

@TereMartinez @ObsNalCiudadano

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