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| Publica Sagarpa Ley Federal de Sanidad Animal |
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Notimex
El Universal Ciudad de México Miércoles 25 de julio de 2007 |
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La normatividad, que entrará en vigor el 26 de julio, fija las bases para prevenir, controlar y erradicar las plagas que afecten a los animales, procura el bienestar animal y regula las prácticas pecuarias
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La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Sagarpa) publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se expide la Ley Federal de Sanidad Animal.
La normatividad, que entrará en vigor el 26 de julio, fija las bases para prevenir, controlar y erradicar las plagas que afecten a los animales, procura el bienestar animal y regula las prácticas pecuarias en establecimientos dedicados al sacrificio de animales y su procesamiento para consumo humano.
Esta legislación también regula establecimientos, productos y desarrollo de actividades de sanidad animal y prestación de servicios veterinarios, así como productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para el consumo de los animales.
La Sagarpa, establece el documento, deberá vigilar que no se introduzcan al país enfermedades y plagas que afecten a los animales, mediante el ejercicio del control zoosanitario, además de formular, expedir y aplicar las disposiciones de sanidad animal.
La Sagarpa deberá establecer campañas zoosanitarias nacionales para prevenir, controlar o erradicar enfermedades o plagas, y en caso de que se detecte un riesgo zoosanitario se aplicarán cuarentenas.
Cuando se detecten enfermedades y plagas exóticas, ya erradicadas, desconocidas o inexistentes en el país, o una enfermedad endémica rebase el número de casos esperados, la Sagarpa activará el Dispositivo Nacional de Emergencia de Salud Animal.
Esta ley prevé además la formación del Sistema de Vigilancia de Sanidad Animal, el cual es un registro público con la información básica sobre los certificados zoosanitarios, aprobaciones y autorizaciones expedidas y establecimientos que deban usar contraseñas y marcas registradas.
Las multas que la Sagarpa está facultada para imponer en caso de que no se cumpla con la normatividad van de 20 a 100 mil días de salario mínimo.
Con la entrada en vigor de esta normatividad se abroga la Ley Federal de Sanidad Animal publicada en el Diario Oficial en junio de 1993.
El documento indica que los registros, permisos, autorizaciones, certificados y aprobaciones otorgados anteriormente seguirán vigentes.
Expone que la Sagarpa tendrá un plazo de 12 meses para expedir el reglamento de esta ley; proponer, elaborar y publicar el marco normativo general en materia de buenas practicas pecuarias de los bienes de origen animal; así como para establecer las bases para implementar sistemas de tranzabilidad en bienes y productos animales.
Asimismo, en 24 meses la Sagarpa deberá reestructurar y asignar los recursos necesarios para que los servicio veterinarios se ajusten en los términos que establece esta nueva ley, así como 12 meses para que se publiquen en el Diario Oficial los puntos de verificación e inspección zoosanitaria internos autorizados.
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