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| ¿Cuánto cuesta violar el reglamento de tránsito? (4 parte) |
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Redacción EL UNIVERSAL.com.mx
El Universal Ciudad de México Jueves 19 de julio de 2007 |
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Falta un día para que entre en vigor el Reglamento de Tránsito Metropolitano, y éste contempla a ciclistas y motociclistas también
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Falta un día para que entre en vigor el Reglamento de Tránsito Metropolitano, y éste contempla a ciclistas y motociclistas también.
En el Capítulo V. De la circulación de bicicletas y motocicletas se hace hincapié sobre los cuidados que deben tener al usar sus medios, ya sea para transporte o diversión. Además, deberán usar cierta vestimenta para ser identificados por los automovilistas y agentes de tránsito.
Para los ciclistas no habrá sanciones económicas, sólo amonestaciones verbales y además, deberán usar las rutas donde se cuente con ciclovía. En el caso de los motociclistas, ellos sí tendrán multas que irán de los cinco a 20 días de salario mínimo.
Artículo 29. Obligaciones de los ciclistas y motociclistas
En el caso de los motociclistas, ellos tendrán multas de 252.85 pesos (cinco días de salario mínimo) por:
Y si los motociclistas pretenden circular en el sentido de la vía o llevan más personas a bordo al número que existe del asiento disponible, las infracciones serán de 505.70 pesos (10 días de salario mínimo).
Por otra parte, los ciclistas también están sujetos a lo anterior pero sólo serán reprendidos verbalmente. Incluso, deben recordar que están obligados a:
Artículo 30. Prohibiciones a los ciclistas y motociclistas
Los motociclistas deben olvidarse de transportar a un pasajero entre él y el manubrio, de hacerlo, tendrán que pagar una multa de 252.85 pesos (cinco días de salario mínimo).
Ahora, ellos podrán evitarse multas de 505.70 pesos (10 días de salario mínimo) si no cambian de carriles constantemente, evitan circular sobre banquetas, se enganchan a otro vehículo para transportarse o lleven acompañantes menores de 12 años.
Y para no hacerse acreedores a infracciones de mil 11.40 pesos deben olvidarse de circular por carriles centrales o interiores de vías primarias, así como los exclusivos para el transporte público de pasajeros.
Los ciclistas que no cumplan con lo anterior, serán amonestados verbalmente por los agentes de tránsito.
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