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Coahuila cobrará predial a gobierno federal
Se les cobrará también a delegaciones de gobiernos estatales y municipales por la propiedad o posesión de bienes inmuebles que se empleen para actividades distintas a la prestación de un servicio público

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HILDA FERNÁNDEZ VALVERDE / CORRESPONSAL
El Universal
SALTILLO, COAHUILA Jueves 31 de diciembre de 2009
17:52

Por mayoría de votos, el pleno del Congreso local autorizó a los 38 ayuntamientos de Coahuila a cobrar el impuesto predial a las dependencias de los gobiernos federal, estatal y municipal.

Se les cobrará por la propiedad o posesión de bienes inmuebles que se empleen para actividades distintas a la prestación de un servicio público, como almacenes, bodegas, oficinas administrativas y demás de naturaleza análoga.

La iniciativa enviada por el gobernador Humberto Moreira al Poder Legislativo tiene como propósito fortalecer las arcas municipales que debido a la crisis financiera nacional enfrentan dificultades económicas.

La situación se agravará debido al aumento a los precios de la gasolina y el diesel que propiciará incrementos en alimentos, mercancías, bienes y servicios.

El dictamen de la Comisión de Finanzas, aprobado con 21 votos a favor de los diputados de la bancada del PRI y el Partido Unidad Democrática de Coahuila (UDC) y 6 en contra de los legisladores del PAN, modifica diversas disposiciones del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila.

Se adiciona el inciso E) a la fracción I del artículo 27 y se modifica el artículo 30 del Código Financiero para los Municipios del Estado.

El artículo 30 establece que solo los bienes del Dominio Público de la Federación, los Estados o los Municipios estarán exentos del pago del Impuesto Predial, salvo que tales bienes sean utilizado para actividades distintas a la prestación de un servicio público.

El decreto destaca que el municipio es la entidad política más cercana a los ciudadanos
a quien debe garantizar la prestación de servicios públicos, agua, luz, drenaje, pavimentación y seguridad pública, entre otros.

La situación financiera de los municipios se enfrenta constantemente a limitaciones para cumplir debidamente con sus obligaciones.

Para hacer exigible una obligación que, constitucionalmente ya se encuentra vigente.
En la exposición de motivos se resalta que nuestra Carta Magna establece que los ayuntamientos no tienen potestad tributaria.

Precisa que los recursos propios con que cuentan serán los que a su favor establezcan las respectivas legislaturas estatales, y que en todo caso, serán los relativos a la propiedad inmobiliaria y los necesarios para poder prestar los servicios públicos a su cargo.

fml

 

 


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