La Procuraduría General de la República inició la indagatoria PGR/DDF/FZC/AICM/3676/0909, por terrorismo, privación ilegal de la libertad y lo que resulte contra los nueve detenidos por el secuestro del vuelo 576 de Aeroméxico procedente de Cancún.
De acuerdo con el Código Penal Federal y la Ley federal contra la delincuencia organizada los detenidos pueden ser procesados por los delitos de:
Terrorismo
Previsto en el artículo 139 del Código Penal Federal que indica las penas de prisión de seis a 40 años y hasta mil 200 días de multa, "sin perjuicio de las penas que correspondan por los delitos que resulten".
Privación ilegal de la libertad
El artículo 366 del Código Penal Federal marca la pena de 15 a 40 años de prisión y de 500 a 2 mil días de multa por detener a personas contra su voluntad bajo la amenaza de que una autoridad realice o deje de realizar algo, en este caso comunicarse con el presidente Felipe Calderón.
Por haberse cometido en grupo surge la agravante de delincuencia organizada, por lo que la pena aumenta de 20 a 40 años de presión.
Delincuencia organizada
La Ley federal contra la delincuencia organizada en su artículo cuarto indica que las penas serán de cuatro a ocho años de prisión y de 250 a 12 mil quinientos días multa.
Ver más:
Código Penal Federal
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/9.pdf
Ley federal contra la delincuencia organizada
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/101.pdf
Ley de seguridad nacional
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LSegNac.pdf
Ley de vías generales de comunicación
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/73.pdf
vrs