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Función Pública revisa caso Lotenal, sin prejuzgar
Funcionarios de la dependencia explicaron que el caso está basado en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos, y será en los próximos días cuando se informe al respecto

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    El Universal
    Ciudad de México Miércoles 08 de abril de 2009
    19:42

    La Secretaría de la Función Pública (SFP) confirmó que está revisando, sin prejuzgar, el expediente de Miguel Ángel Jiménez Godínez, quien solicitó su separación temporal como director de la Lotería Nacional (Lotenal).

    Funcionarios de la dependencia explicaron que el caso está basado en la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos y será en los próximos días cuando se informe la situación real al respecto, por lo que hoy, "no se prejuzga".

    Horas después de que Jiménez anunciara su separación para que las investigaciones de la Fepade, la SFP y la Cámara de Diputados "se desarrollen de manera transparente", funcionarios de la SFP ratificaron que investigan al respecto desde el 2 de abril.La Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos es la que rige la SFP y es la que tiene la facultad de aplicar, pero no hay un artículo determinado,

    "es en general, pues no es un recetario", comentaron.

    Señalaron que esa medida se basa cuando el denunciado interfiere en la investigación o cuando por la naturaleza del puesto es mejor que esté fuera, pero no se prejuzga.

    Los funcionarios de la SFP explicaron que en la investigación hay un camino avanzado, pero está realmente en fase inicial, pues empezó el pasado 2 de abril.

    A detalle sobre el tipo de investigación que lleva la SFP no se puede saber hasta que la misma haya concluido, pero no hay plazos legales porque cada caso tiene sus particularidades, aclararon.

    La SFP se dedica a determinar si un servidor público incurrió en violaciones a la Ley Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de Servidores Públicos y, en su caso, tiene la facultad de sancionar.

    Según la ley, el artículo 13 establece que las sanciones por falta administrativa consistirán en: Amonestación privada o pública; Suspensión del empleo, cargo o comisión por un período no menor de tres días ni mayor a un año, y Destitución del puesto y o sanción económica.

    fml



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    Comentarios 1-20
    ViktorGonovo
    2009-04-08|21:36
    Iztapapapa City México
    Históricamente el Organo de Control del Gobierno Federal, creado para emular a la Auditoria Superior de la Federación sólo ha servido para tapar corruptelas y exonerar rateros venidos a servidores publicos. Así los hijos de la Sahagún, Fox y los demás secuaces siguen vivitos y coleando, muertos solo de la risa y disfrutando y hasta presumiendo en revistas "de gente bonita" de su riqueza repentina y mal habida mientras que de las ratas del actual sexenio sólo vemos los bigotes. Por ello Yo no le creo a la Secretaria de la Función Pública ¿y tú? ¿eres cándido o te hacen?
    editorialjur
    2009-04-08|21:12
    DF
    Lo que quieren decir los funcionarios de la SFP es que SUSPENDIERON al Director de LOTENAL, con fundamento en el artículo 21 de la LFARSP, medida prevista con carácter de "cautelar" y sin prejuzgar sobre la responsabilidad administrativa. Con ello se pone en evidencia que dicho funcionario no pidió licencia para separarse del cargo sino que la SFP lo suspendió y le iniciará o le inició un procedimiento disciplinario.
    sahmich09
    2009-04-08|21:06
    SAHUAYO
    FUNCION PUBLICA DEPENDENCIA INÚTIL, así será mientras dependa del Ejecutivo. Actúa a destiempo, con tortuguismo y con parcialidad, con tintes políticos. Deberían poner en internet la declaración de bienes de los funcionarios públicoa, para que la verificaran y denunciaran los ciudadanos.
    warrior
    2009-04-08|20:00
    df
    ATOLE CON EL DEDO
    Comentarios 1-20
     
     

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