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Diputados piden prohibir contratación de niños jornaleros
De 6 millones de jornaleros que existen actualmente en el México, el 40% son menores de edad, de ellos el 27% se encuentra entre los seis y 14 años

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Joel González Cisneros / Agencia EL UNIVERSAL
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Ciudad de México Jueves 26 de febrero de 2009
00:10

Diputados aprobaron el miércoles, en comisiones, un exhorto a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS), para que garantice que se cumplan los ordenamientos que prohíben la contratación de menores de edad como jornaleros agrícolas.

Según datos de la Organización Mundial del Trabajo (OIT), en el mundo hay 120 millones de niños trabajadores; de seis millones de jornaleros que existen actualmente en el México, el 40% son menores de edad, de ellos el 27% se encuentra entre los seis y 14 años.

El documento, presentado por las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Educación Pública y Servicios Educativos en San Lázaro, detalla que los infantes que desempeñan trabajo agrícola enfrentan riesgos debido a su falta de experiencia y capacidad en el ramo.

Por ejemplo, comúnmente viven en comunidades rurales marginadas y realizan funciones propias de un adulto como recoger cosechas que aún gotean plaguicidas y que ellos mismos fumigan con agroquímicos.

La propuesta refiere la obligación de las autoridades de extremar medidas preventivas y vigilar que se cumplan las normas que garantizan la integridad física y seguridad de las vidas de los jornaleros, y se prohíba la contratación laboral de los menores de edad en los campos agrícolas.

El exhorto busca que las delegaciones estatales de la STyPS garanticen que se cumplan la Constitución, así como las leyes Federal del Trabajo y para la Protección de las Niñas, Niños y Adolescentes y el convenio 182 de la Conferencia General de la OIT.

También hace un llamado para que, en coordinación con las autoridades educativas estatales y federales, se establezcan los mecanismos necesarios para garantizar que las empresas agrícolas cumplan con lo dispuesto en la fracción XII del artículo 123 constitucional, respecto a la obligación de establecer las escuelas necesarias para sus trabajadores y familias.

Además se convoca a la Secretaría de Educación Pública (SEP), a que por medio de la Dirección General de Desarrollo de la Gestión e Innovación Educativa de la Subsecretaría de Educación Básica, amplíe el Programa de Educación Preescolar y primaria para niñas y niños de familias jornaleras Agrícolas Migrantes (PRONIM).

Asimismo se pide a la Secretaría de Desarrollo Social (Sedesol) que redoble esfuerzos en la aplicación de las líneas de acción del Programa de Atención a Jornaleros Agrícolas, como una medida fundamental que venga a disuadir la contratación de menores de edad.

fml

 

 


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