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Propondrá IFE topes de precampaña para diputaciones federales
Según el anteproyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral, el tope máximo que podrá utilizar un precandidato a diputado durante el proceso electoral federal 2008-2009 será de 214 mil 628.04 pesos

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    Notimex
    El Universal
    Ciudad de México Martes 25 de noviembre de 2008
    22:51

    El tope máximo que podrá utilizar un precandidato a diputado durante el proceso electoral federal 2008-2009 será de 214 mil 628.04 pesos, según el anteproyecto de Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE).

    En el supuesto de que cada uno de los ocho partidos políticos con registro proponga a dos candidatos por cada uno de las 300 diputaciones que estarán en juego el 5 de julio de 2009, la cifra a erogar sería de más de mil millones de pesos para dicho propósito.

    Durante la sesión del Instituto del próximo viernes, el Consejo General dará a conocer además de los topes de gastos de precampaña, los procedimientos y plazos para la entrega y revisión de los informes financieros de cada precandidato.

    El organismo electoral podrá aplicar responsabilidades a los partidos y a los precandidatos que rebasen los topes, los cuales podrían incluso perder el registro, pese a que ya este avanzada la contienda.

    Además "no podrán por ningún medio omitir en los informes respectivos los recursos recibidos, en dinero o en especie, destinados a su precampaña, ni contratar propaganda o cualquier otra forma de promoción personal en radio y televisión", precisó el documento.

    Además el IFE establece que la violación a esta norma se sancionará con la negativa de registro como precandidato, o en su caso con la cancelación de dicho registro.

    El anteproyecto recalca que de comprobarse la violación a esta norma en fecha posterior a la de postulación del candidato por el partido de que se trate, el IFE negará el registro legal del infractor.

    Dentro de dichos topes de precampaña quedarán incluidos los gastos de propaganda, es decir, los realizados en bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, actos políticos efectuados en lugares alquilados, propaganda utilitaria y otros similares.

    También los gastos operativos que comprenden los sueldos y salarios del personal eventual, arrendamiento eventual de bienes muebles e inmuebles, gastos de transporte de material y personal, viáticos y otros similares.

    Asimismo los relativos a la propaganda en diarios, revistas y otros medios impresos, tales como inserciones pagadas, anuncios publicitarios y sus similares, tendentes a la obtención del sufragio.

    "En todo caso, tanto el partido y candidato contratante, como el medio impreso, deberán identificar con toda claridad que se trata de propaganda o inserción pagada", sentencia.

    Además se estipula que los gastos de producción de los mensajes para radio y televisión, los cuales comprenden los realizados para el pago de servicios profesionales; uso de equipo técnico, locaciones o estudios de grabación y producción, así como los demás inherentes al mismo objetivo.

    fml

     
     

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