Aviso Oportuno inmuebles | empleos | vehículos | varios
Buscar en: EL UNIVERSAL
El Universal
México

Profeco 'recomendó' los servicios de Neoskin
La Revista del Consumidor presentó en su número de mayo de 2007 un reportaje sobre los servicios de depilación láser

+A A -A
 
"Rasuraron" bolsillos de clientas de NL
Profeco "promovió" servicios de Neoskin
Temen uso de ‘truco’ jurídico antidemanda
      Foro: ¿Tu tratamiento con Neoskin fue interrumpido?
      Editorial: La indefensión del consumidor
    Elena Hernández
    El Universal
    Lunes 10 de noviembre de 2008
      La Revista del Consumidor, de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), presentó en su número de mayo de 2007 un reportaje sobre los servicios de depilación láser, en el que mencionó a Neoskin como una de las opciones para el público.

    En el texto da cuenta sobre los precios por paquete, áreas del cuerpo y promociones de ése y otros establecimientos, los cuales enlista en tablas, cuya fuente fue “un sondeo en establecimientos, realizado del 22 de enero al 9 de febrero de 2007 por la Dirección General de Estudios sobre Consumo, Profeco”.

    Además, refiere que el funcionamiento de dichas clínicas está vigilado por la Secretaría de Salud, cuyo aviso que avala sus operaciones deben exhibir a la vista del consumidor y deben ceñirse a la Norma Oficial Mexicana NOM-110-SCFI-2004 para servicios de embellecimiento físico.

    El pasado 5 de noviembre, EL UNIVERSAL publicó que más de mil mujeres ya habían iniciado formalmente denuncias en contra de Neoskin, cuyas ventas fueron por 20 millones pesos, tan sólo en 2007.

    El texto, titulado “Fotodepilación ¡Adiós al vello!”, señala que “el funcionamiento de las clínicas de depilación permanente está vigilado por la Secretaría de Salud” y que los establecimientos deben exhibir al público el aviso emitido por la secretaría.

    La dependencia federal apunta que las clínicas deben ceñirse a la Norma Ofi-cial Mexicana NOM-110-SCFI-2004 para servicios de embellecimiento, que las obliga a cumplir con ciertos requerimentos.

    Entre los requisitos que señala están el informar claramente a los clientes el procedimiento, el número de sesiones, la duración, periodicidad y condiciones del servicio, así como el costo total y las opciones de pago.

    La publicación indica que el contrato de servicio debe estar registrado ante la Profeco y debe señalar, entre otros puntos, “la compensación en caso de que el servicio no se preste conforme a lo acordado previamente en el contrato”.

    Sugiere denunciar ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) “en caso de un mal servicio que ponga en riesgo su salud”, o presentar una queja ante Profeco si la clínica no cumple con la norma NOM-110-SCFI-2004.

     

     
     

    PUBLICIDAD






    DIRECTORIO | CONTÁCTANOS | CÓDIGO DE ÉTICA | PUBLICIDAD | AVISO LEGAL | MAPA DEL SITIO | HISTORIA
    EL GRÁFICO | MINUTO X MINUTO | EL MUNDO | MÉXICO | ESTADOS | DF | FINANZAS | SOCIEDAD | PYMES | DEPORTES | ESPECTÁCULOS | CULTURA | ESTILOS | CIENCIA | COMPUTACIÓN | MENÚ | AUTOPISTAS | DESTINOS | SALUD | TU DINERO | GUÍA DEL OCIO | DISCUSIÓN | MULTIMEDIA | VIDEOS © 2000 - 2008
    Todos los derechos reservados. El Universal Compañía Periodística Nacional. De no existir previa autorización, queda expresamente prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier otro uso de los contenidos.
    EL UNIVERSAL | aviso-oportuno.com.mx | AGENCIA INTERNET | CONEXIÓN TV | CONEXIÓN RADIO | VE FUTBOL | tVa | EL UNIVERSAL EN YOUTUBE | CIRCULO UNIVERSAL | EL UNIVERSAL MÓVIL | LÉENOS EN RSS