En el texto da cuenta sobre los precios por paquete, áreas del cuerpo y promociones de ése y otros establecimientos, los cuales enlista en tablas, cuya fuente fue “un sondeo en establecimientos, realizado del 22 de enero al 9 de febrero de 2007 por la Dirección General de Estudios sobre Consumo, Profeco”.
Además, refiere que el funcionamiento de dichas clínicas está vigilado por la Secretaría de Salud, cuyo aviso que avala sus operaciones deben exhibir a la vista del consumidor y deben ceñirse a la Norma Oficial Mexicana NOM-110-SCFI-2004 para servicios de embellecimiento físico.
El pasado 5 de noviembre, EL UNIVERSAL publicó que más de mil mujeres ya habían iniciado formalmente denuncias en contra de Neoskin, cuyas ventas fueron por 20 millones pesos, tan sólo en 2007.
El texto, titulado “Fotodepilación ¡Adiós al vello!”, señala que “el funcionamiento de las clínicas de depilación permanente está vigilado por la Secretaría de Salud” y que los establecimientos deben exhibir al público el aviso emitido por la secretaría.
La dependencia federal apunta que las clínicas deben ceñirse a la Norma Ofi-cial Mexicana NOM-110-SCFI-2004 para servicios de embellecimiento, que las obliga a cumplir con ciertos requerimentos.
Entre los requisitos que señala están el informar claramente a los clientes el procedimiento, el número de sesiones, la duración, periodicidad y condiciones del servicio, así como el costo total y las opciones de pago.
La publicación indica que el contrato de servicio debe estar registrado ante la Profeco y debe señalar, entre otros puntos, “la compensación en caso de que el servicio no se preste conforme a lo acordado previamente en el contrato”.
Sugiere denunciar ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) “en caso de un mal servicio que ponga en riesgo su salud”, o presentar una queja ante Profeco si la clínica no cumple con la norma NOM-110-SCFI-2004.