A partir de este domingo, los proveedores dedicados a comercializar animales de compañía o de servicios, y aquéllos quienes ofrecen asistencia para su cuidado y adiestramiento deben registrar su modelo de contrato de adhesión y transparentar sus operaciones
La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) apuntó que la información o publicidad que exhiban al consumidor debe ser clara y precisa, de acuerdo con la Norma Oficial Mexicana NOM-SCFI-148-2008 Prácticas comerciales-Comercialización de animales de compañía o de servicio, y prestación de servicios para su cuidado y adiestramiento,
Los proveedores de esta actividad deben otorgar al consumidor una guía informativa en la que se describan las características del animal como género, raza, longevidad, necesidades básicas para su alimentación, alojamiento, cuidado y medicina preventiva.
Los contratos de adhesión utilizados para la comercialización y/o prestación de los referidos servicios deben contener elementos mínimos de información como el precio, garantías ofrecidas y procedimiento para presentar quejas, entre otros.
En el caso de adiestramiento de animales, deben informar, además, el plan de adiestramiento, así como las instrucciones para mantener en el animal las habilidades desarrolladas durante el mismo, agregó en un comunicado.
La Profeco destacó que los proveedores quienes otorguen garantía deben informarlo en su contrato, además de expedir por escrito y de manera clara y precisa una póliza de garantía en la que harán constar que la misma no será inferior a 60 días contados a partir de la entrega del animal y/o la prestación total del servicio.
En este sentido, en caso de que existan garantías para los consumidores, los contratos deben contener también su vigencia y los procedimientos para hacerlas válidas.
La Profeco recomendó al consumidor antes de contratar leer detenidamente el contrato, analizar si le conviene a sus intereses y recordar que tiene la última decisión.
vsg