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Inician campaña nacional para verificar se cumpla ley antitabaco
La Ssa tiene de plazo hasta el 28 de noviembre para publicar el nuevo reglamento, pero esto no debe ser pretexto para incumplir con la legislación y el reglamento que están vigentes

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    Enfocan tabacaleras publicidad en jóvenes ante ley antitabaco: ONG   2008-09-03
    Notimex
    El Universal
    Ciudad de México Miércoles 17 de septiembre de 2008
    20:55 La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) inició una campaña nacional para verificar que se cumpla la Ley General para el Control del Tabaco que entró en vigor el 28 de agosto en todo el país.

    El titular de la Cofepris, Miguel Angel Toscano, subrayó que conforme a esa legislación "nadie debe fumar en espacios públicos cerrados", por lo que comenzará la visita a los establecimientos públicos en los 32 estados de la República mexicana.

    En un comunicado, reiteró que no se puede fumar en lugar cerrado alguno, pues al parecer hay una confusión generada por la Cámara Nacional de la Industria Restaurantera que señaló que "sí está permitido fumar hasta que no se publique el reglamento de la ley".

    "La ley está vigente y mientras se publique el reglamento o se hagan las adecuaciones a los establecimientos para crear zonas exclusivas para fumar, queda estrictamente prohibido fumar en lugares cerrados", advirtió.

    De acuerdo con el artículo 27 de esta ley antitabaco, en lugares con acceso al público o en áreas interiores de trabajo públicas o privadas incluidas las universidades e instituciones de educación superior deberán existir zonas exclusivas para fumar.

    Esta ley también se aplica en hospitales, hoteles, restaurantes, bares, cantinas, discotecas y centros deportivos, entre otros. Esos espacios deberán ubicarse en espacios al aire libre o en lugares que no sean paso obligado para los no fumadores.

    Toscano Velasco recordó que las sanciones dependen de la conducta y van desde una amonestación con apercibimiento hasta multa económica, clausura y arresto por hasta 36 horas.

    "Las multas para quienes fuman en lugares prohibidos pueden ser de hasta 100 salarios mínimos mensuales. Los comercios que vendan cigarros a menores de edad se harán acreedores a multas que van de mil hasta cuatro mil veces el salario mínimo vigente", advirtió.

    Asimismo, enfatizó que se impondrán multas de cuatro a 10 mil salarios mínimos a las tabacaleras que omitan información en sus etiquetas o no alerten claramente a la población del riesgo de fumar.

    En caso de reincidencia, se duplicarán las sanciones.

    Finalmente, explicó que cualquier ciudadano puede presentar una denuncia ante el Consejo Nacional contra las Adicciones (Conadic) al teléfono 01 800 911 2000 o en la página web www.cofepris.gob.mx.

    También en las Secretarías de Salud de las 32 entidades federativas, en caso de que observe el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en esta ley.

    La Ssa tiene de plazo hasta el 28 de noviembre para publicar el nuevo reglamento, pero esto no debe ser pretexto para incumplir con la legislación y el reglamento que están vigentes.

    fml

     
     

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