El Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE) publicó el acuerdo por el que se expide el Reglamento para la Liquidación y Destino de los Bienes de los Partidos Políticos Nacionales que pierdan o les sea cancelado su registro.
El documento, dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación, establece los procedimientos y acciones por los cuales se liquidarán los bienes de los partidos que pierdan su registro al no obtener como mínimo 2% de los votos totales en una elección.
Dichos bienes quedarán bajo el control y vigilancia de un interventor designado por la Unidad de Fiscalización, el cual se encargará también de la administración del partido, contando con las más amplias facultades para actos de dominio.
Cuando un partido político haya perdido su registro sólo podrá realizar las actividades indispensables, a través del interventor, que le permitan cobrar sus cuentas y hacer líquido su patrimonio para solventar sus deudas.
El reglamento, aprobado el 10 de julio pasado en sesión extraordinaria, señala que la Unidad de Fiscalización está obligada a informar semestralmente al Consejo General del IFE sobre la situación que guardan los procesos de prevención y liquidación de los partidos políticos.
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