La Corte avaló la decisión que adoptó el Congreso de la Unión, a finales del 2007, al prohibir las candidaturas independientes a los puestos de elección federales.
Los ministros del máximo tribunal del país declararon valida, por 9 votos contra 2, la medida que establecieron los legisladores en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) para que sólo los partidos políticos nacionales puedan registrar candidatos a puestos de elección federales.
La decisión la adoptaron al continuar con la revisión de las demandas que promovieron los partidos Convergencia, del Trabajo, Nueva Alianza, Verde Ecologista de México y Alternativa Socialdemócrata en contra de las reformas al nuevo código electoral federal.
Después de resolver este punto, los ministros abrieron un receso, tras el cual continuarán con el análisis de la cláusula del Cofipe, conocida de "vida eterna" que permite a un partido regalar votos a una agrupación aliada con el fin de que no pierda su registro.
La Corte no aclaró si con esta decisión ratifica la decisión que adoptó desde octubre de 2006 cuando determinó que la Constitución sí permite las candidaturas independientes, pero es facultad exclusiva de los legisladores decidir si permiten o no que compitan ciudadanos sin partido en las elecciones nacionales o locales.
En octubre del 2006, en una votación de seis contra cinco, la mayoría de integrantes de la Corte adoptó este criterio al validar las reformas que realizó el Congreso de Yucatán para permitir las candidaturas independientes a los cargos de gobernador, diputados locales y de presidentes y funcionarios municipales.
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