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Da TEPJF entrada a apelaciones por spots
La Sala Superior del Tribunal Electoral aceptó las impugnaciones que el PRD y el PT hicieron por la sanción que les impuso el IFE por usar la frase 'presidente legítimo' en sus spots

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    El Universal
    Ciudad de México Jueves 03 de julio de 2008
    12:53

    La Sala Superior del TEPJF dio entrada a dos recursos de apelación presentados, por separado, por el PRD y el PT contra la sanción que impuso el Consejo General del IFE por el uso de la frase "presidente legítimo" en spots transmitidos en tiempos oficiales.

    Ambos casos fueron turnados por el magistrado presidente de la Sala Superior por ministerio de ley, José Alejandro Luna Ramos, a la ponencia del magistrado Pedro Esteban Penagos López, quien será el responsable de elaborar el proyecto de sentencia correspondiente.

    Los recursos de apelación que fueron registrados en el Libro de Gobierno del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) con las claves SUP-RAP-122 y 123/2008, fueron remitidos al órgano jurisdiccional por el secretario ejecutivo del IFE, Edmundo Jacobo Molina.

    Los impugnantes cuestionan la resolución CG290/2008, emitida por el Consejo General del IFE sobre el procedimiento especial sancionador instaurado con motivo de la denuncia del Partido Acción Nacional (PAN) por la transmisión de diversos promocionales y, derivado de ello, la imposición de sanciones económicas.

    El pasado 18 de junio, la autoridad administrativa en materia electoral aprobó por mayoría de votos, multar a los partidos de la Revolución Democrática (PRD) con 430 mil 283 pesos y del Trabajo (PT) con 301 mil 197 pesos.

    Ello tras considerar que incurrieron en actos que violan lo dispuesto en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) al utilizar la frase "presidente legítimo" en sus promocionales de radio y televisión.

    En el dictamen se establece que se transgredió el Artículo 38, párrafo 1, inciso a), del Cofipe en lo relativo a que la propaganda que utilicen los partidos no debe contener expresiones que denigren o calumnien a sus contrincantes.

    La Sala Superior será la que emita una postura definitiva sobre el tema que se enmarca en las discusiones sobre la libertad de expresión.

    vsg

     
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