La Secretaría de Educación Pública puede decidir sobre la pertinencia de realizar el concierto de Plácido Domingo en Chichén Itzá, toda vez que la función del Instituto Nacional de Antropología e Historia es hacer los análisis técnicos, aseguró ayer el abogado Carlos Villaseñor, entrevistado en el seminario "Patrimonio cultural inmaterial. Protección y legislación".
El abogado, quien ha trabajado como asesor en diversas instituciones culturales federales, dirigirá este martes, a partir de las 9:30 horas, la última mesa del seminario dedicada a la revisión del marco jurídico que existe en México con relación al patrimonio cultural inmaterial.
En entrevista, el abogado dijo que jurídicamente, el INAH es un organismo público desconcentrado con personalidad jurídica y patrimonio propios. Esta figura es en la actualidad, muy complicada administrativamente.
"Lo que significa es que el INAH es un organismo dependiente del sector central, especializado en las cuestiones que la propia ley Federal de Zonas y Monumentos señala. La cabeza del sector es la SEP y su titular tendría esas competencias."
Agregó que la Ley otorga al INAH facultades de revisión técnica para informar a la SEP, que es quien decide.
"No podemos cerrar los ojos a la realidad del turismo cultural y seguir posponiendo su análisis serio. Es un buen momento para abrir una discusión seria y lograr propuestas de desarrollo sustentable a través del uso sustentable del patrimonio cultural. De no hacerlo así seguirán sucediendo en los hechos cosas a cuya regulación ya no tendremos acceso."
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