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Piden sancionar actitudes lascivas contras mujeres en DF

Afirma la titular del Insituto de las Mujeres local que ya se definen a las actitudes ofensivas y denigrantes como parte de la violencia sexual, pero no se castigan; pide reglamentación
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Notimex
El Universal
Ciudad de México
Jueves 13 de marzo de 2008

12:35 Miradas o palabras lascivas, actitudes que ofenden, señales que agreden, actos que denigran...comportamientos que la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida libre de Violencia en el Distrito Federal define como componentes del delito de violencia sexual pero que no sanciona, falta reglamentar.

Elementos que el trabajo legislativo de un año consideró para reconocer, promover, proteger y garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, pero cuya incomprensión llevó a centrarse en tres palabras y desestimar el resto del contenido de 78 artículos, más cinco transitorios, vigentes desde el 8 de marzo.

La Ley "tiene cuestiones muy bondadosas, lo lamentable es que (la opinión) se haya enfocado a un tema -miradas o palabras lascivas- que tiene que ver con las prácticas de hombres contra mujeres" , más aun cuando sólo están definidas como componente de un delito ya tipificado en el Código Penal, señala Martha Lucía Mícher.

Sucede que esa ley también define otros tipos de violencia en los que la opinión no abunda, acciones u omisiones como intimidación, insultos, prohibiciones, humillaciones; daño a la integridad física; menoscabo en bienes, destrucción o retención de objetos o documentos personales; restricción económica; prácticas sexuales no voluntarias.

La ley precisa los elementos, pero sin agravante. No sanciona, pues todavía falta reglamentarla y para ello hay que armonizar las leyes, precisa la titular del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal.

Lo que sí se considera es incorporar las definiciones, incluidas las "miradas o palabras lascivas" , como componentes del delito de hostigamiento sexual que ya está tipificado.

No es fácil hablar de alguien que te ha agredido, identificar o descifrar cómo fue que un tipo miró de tal o cual forma, a tal o cuál parte del cuerpo tampoco, y menos si desde el principio la autoridad ve a la mujer como alguien que está mintiendo, explica Mícher.

Reconocer validez al dicho de la denunciante es el meollo. "Una mujer -o al menos no es la generalidad-, no se levanta pensando " qué mentira voy a inventar hoy ", su palabra debe ser tan válida como la del policía que llega ante el juez cívico y testifica por faltas a la moral contra un tipo que orina en la vía pública" , ejemplifica.

Si el dicho de un policía es tomado, y la conducta sancionada como falta y merece una multa o un arresto, no habría qué poner en duda la declaración de una mujer, cuando afirma que un acto, una palabra, una mirada lasciva violenta su integridad moral.

En su caso, que los juzgados civiles lo tomen en cuenta para "fijar una multa o arresto por unas horas" .

Mícher insiste: se trata de una ley que educa. A la mujer, para que detecte y denuncie situaciones de violencia que no había identificado, y al hombre para que evite prácticas que atentan contra la dignidad, la integridad y la seguridad de las mujeres.

Lo que no se comprende es precisamente la crítica acendrada contra "miradas o palabras lascivas" , que la ley incluye como constitutivos de violencia sexual hacia la mujer, una actitud que se incrementa sobre todo en el ámbito comunitario.

Para Martha Lucía, este aumento obedece a que las ciudades están diseñadas para los hombres, donde ellas encuentran lugar sólo si están acompañadas, pero sucede que cada vez salen más a trabajar para compartir la economía de las familias y mantenerlas.

Esa presencia femenina que irrumpió en un espacio masculino derivó en el incremento de la violencia en el ámbito comunitario, motivada por los patrones culturales que no se han modificado.

"Los manoseos, las nalgadas, el abuso sexual, la violación contra las mujeres... siguen creyendo que ser más hombre es el que más manosea, el que más arremete; que el cuerpo de la mujer les pertenece, y las miradas son una manifestación" .

Por eso insiste: las miradas o palabras son solo elementos entre los muchos que pueden llevar a constituir una acción de delito contra la mujer, y una posibilidad de que el Código Penal lo considere como agravante.

La ley no sanciona, define; y para llegar a hacerlo falta todavía armonizar las legislaciones, un paquete en el que se está trabajando para ponerlo a consideración de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Ahora, las baterías se enfocan a promover los beneficios, que quien denuncia tenga la seguridad que encontrará una abogada victimal, que los jueces estarán preparados, que tienen posibilidad de recurrir a una casa de emergencia o centro de refugio.

Y si hace falta para comprender los beneficios y alcances de la Ley, vigente desde hace unos días y cuya reglamentación está pendiente, no hay duda: el instituto organizará foros y talleres para explicarla "con palitos y bolitas" .

cgb


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