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Sanciona IFE a PAN por uso indebido de Padrón Electoral en 2006

La penalidad sufrió un incremento de 50% respecto a la propuesta original para ubicarse en 379 mil 275 pesos, a petición del consejero Andrés Albo, quien consideró subir el castigo ante la gravedad de la falta
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Notimex
El Universal
Ciudad de México
Miércoles 20 de febrero de 2008

16:11 El Consejo General del IFE sancionó al PAN por haber hecho uso indebido de información del Padrón Electoral al emplearlo para el registro de simpatizantes en el programa "Redes por México" durante el proceso electoral 2006.

La penalidad contra el PAN sufrió un incremento de 50 por ciento respecto a la propuesta original para ubicarse en 379 mil 275 pesos, a propuesta del consejero Andrés Albo, del Instituto Federal Electoral (IFE), quien consideró subir el castigo ante la gravedad de la falta.

Adicionalmente, y también a propuesta de Albo Márquez se acordó que la sanción deberá ser descontada de las prerrogativas del financiamiento público al Partido Acción Nacional (PAN) en una sola ministración al mes siguiente de que la resolución quede firme.

El proyecto original propuesto por la Secretaria Ejecutiva planteaba la posibilidad de que el descuento se hiciera en seis mensualidades.

La resolución aprobada por unanimidad tiene su origen en el acatamiento de una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

El 3 de octubre de 2007 los magistrados del TEPJF revocaron la sanción impuesta por el IFE al PAN que ascendía a cinco mil días de salario mínimo, y ordenó al instituto dictar una nueva resolución, en la que debía considerar la violación al principio de confidencialidad.

El nuevo dictamen considera que la infracción cometida por el blanquiazul a lo establecido en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) , que precisa el uso que deben darle los partidos al padrón, es de una "gravedad mayor".

Ello, debido a que se afectó el bien jurídico protegido por la norma "que innegablemente es la seguridad jurídica de los ciudadanos, quienes dan información personalísima al IFE con la creencia de que se destina para el fin específico previsto en la normativa electoral.

La resolución subraya que para la calificación de la conducta se consideró que también se infringió el principio de confidencialidad previsto por la legislación electoral federal.

"Ello, dado que la información proporcionada por el Padrón Electoral es confidencial y no puede darse a conocer salvo en los casos que la ley señala, toda vez que los partidos políticos tienen acceso a ésta exclusivamente para su revisión, lo que no fue respetado por el PAN", explica.

Advierte que la datos que le fueron entregados al PAN por la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del IFE " fue puesta en riesgo al haber sido utilizada por el partido en una base de datos vinculada al programa Redes por México al que se accesaba por Internet".

grg


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