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El TLCAN, a revisión en la Suprema Corte

Dos expertos, uno en derecho internacional y en el Tratado de Libre Comercio, y otro en derecho constitucional, aseguran que existen mecanismos para proteger a los campesinos mexicanos y evitar el ingreso al país de productos libres de impuestos como el maíz
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Carlos Avilés
El Universal

Jueves 24 de enero de 2008

 caviles@eluniversal.com.mx

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) se convirtió en el acuerdo internacional que más revisó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) durante 2007.

El análisis de 13 juicios relacionados con este tratado llevó a la Corte, en febrero de dicho año, a emitir un criterio obligatorio para todos los jueces mexicanos con base en el cual se establece que la Constitución nacional se encuentra por arriba de cualquier tratado internacional firmado por el gobierno de nuestro país.

Y una tesis aislada, que aún no tiene el carácter de obligatoria, en la que estableció que según con el artículo 131 de la Constitución, el Presidente de la República está facultado para modificar las cuotas arancelarias preferenciales pactadas en el TLCAN.

Pero hasta el momento no ha decidido si una parte del tratado atenta o no contra lo que establece la Constitución. Y eso es lo que puede hacer si atrae, en los próximos meses, los juicios de amparo que promovieron diversas agrupaciones de campesinos en contra de la entrada en vigor del capítulo agropecuario del TLCAN.

Hasta el momento la mayoría de los juicios que ha revisado han sido promovidos por empresas de distintos sectores que han alegado que algunas leyes o decisiones de autoridades mexicanas han ido en contra de lo que dice el acuerdo comercial.

De ahí que, aseguran académicos e integrantes de la propia Corte, resultan relevantes los amparos que se están promoviendo en contra de la entrada en vigor del capítulo agropecuario del tratado.

Porque en este caso no se alega el incumplimiento de alguna parte del tratado, sino todo lo contrario, lo que se argumenta es que si se permite que entre en vigor el capítulo agropecuario del TLCAN se estaría atentando en contra de diversas garantías de los campesinos protegidas por la Constitución política.

Y, este, se asegura, puede ser uno de los elementos trascendentes e importantes que lleven a la SCJN a atraer los juicios de amparo que se promovieron en contra de este apartado del tratado, en ejercicio de la facultad que le confiere la Constitución para atraer y resolver los juicios que considere relevantes y trascendentes para el país.

De dichos juicios de amparo se sabe que el juicio que presentó El Barzón Popular fue admitido por el juez décimo sexto en materia administrativa con sede en la capital del país, Ricardo Olvera García.

En su demanda lo que argumentó la organización es que la desgravación amenaza con causar daños muy severos a la producción nacional, dado que los campesinos mexicanos no podrán competir en condiciones de igualdad con sus pares de Estados Unidos y Canadá.

El juez admitió la demanda pero rechazó la petición que le hicieron para que suspendiera de manera temporal, en lo que dura el juicio, la entrada sin aranceles de productos provenientes de Estados Unidos como arroz, maíz, avena, jengibre, azafrán, trigo, y otros.

La medida puede ser impugnada, aunque, de antemano, Crescencio Morales, líder de El Barzón Popular, consideró casi inevitable y seguro que se les niegue la suspensión y posteriormente el amparo, por lo que, dijo, esperará hasta que el caso llegue a la Corte.

Para que esto último ocurra, primero tiene que haber una sentencia del juez, la cual puede ser impugnada ante un Tribunal Colegiado, de donde, posteriormente pasaría a la SCJN, salvo que la Corte decida atraer de manera directa la sentencia del juez.


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