10:07 Al igual que en 2006, se otorgará el estímulo fiscal en materia del Impac a los contribuyentes personas
físicas y morales cuyos ingresos totales derivados de actividades empresariales y por el otorgamiento del uso de goce temporal de bienes, no excedan en el ejercicio inmediato anterior de cuatro millones de pesos.
De acuerdo con el decreto publicado en el DOF, dichas personas deben cumplir con obligaciones formales previstas en la Ley del Impuesto al Activo (Impac), debiendo calcular en la declaración del ejercicio el gravamen que les hubiera correspondido en el mismo de no haber estado exceptuados del pago, anotando "cero" en el renglón a pagar.
Asimismo, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá expedir las disposiciones necesarias para la correcta y debida aplicación del presente decreto, el cual entrará en vigor este miércoles 21 de febrero.
Dicho diverso se implementará luego de que es política del gobierno federal establecer mecanismos que fortalezcan el crecimiento de los pequeños contribuyentes, con el fin de acrecentar la inversión en activos productivos y con ello la creación de fuentes de empleo.
Además de que, agrega, no implica un desequilibrio financiero para hacer frente a los requerimientos de gastos aprobados en el Presupuesto de Egresos de la federación para este ejercicio fiscal, ya que su impacto está considerado en el monto del Impac que se estima recaudar.
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