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Conservarán usuarios número de teléfono: Cofetel

Promueve el fallo la competencia entre los concesionarios de redes públicas, y beneficiar al usuario para conservar su número telefónico sin importar qué empresa le preste el servicio
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Notimex
El Universal
Ciudad de México
Lunes 18 de diciembre de 2006

16:45 La Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) aprobó las reglas para implantar la portabilidad de números geográficos y no geográficos, las cuales serán presentadas en las próximas horas a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) para su posterior publicación.

La Cofetel informa en un comunicado que en la resolución se establece que la portabilidad se realizará en una sola fase a través de la consulta a una base de datos centralizada (all call query), y se aplicará el primer sábado transcurridos 275 días naturales a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Esta determinación se basa en la consulta pública que la Cofetel hizo de su proyecto de resolución del 1 al 29 de septiembre de este año.

En ella, la mayoría de las empresas y los usuarios se pronunciaron a favor de la portabilidad y señalaron la conveniencia de que ésta se llevara a cabo en una sola fase y no en dos, como en principio se había propuesto.

Los principales objetivos de la resolución son promover la competencia entre los concesionarios de redes públicas, y beneficiar al usuario para que pueda conservar su número telefónico sin importar qué empresa le preste el servicio.

Las reglas para implantar la portabilidad serán aplicables para servicios similares, es decir, del servicio local fijo al servicio local fijo dentro de la misma área.

Del servicio local móvil al servicio local móvil dentro de la misma área y bajo la misma modalidad de contratación (el que llama paga o el que recibe paga), y de un servicio no geográfico al mismo servicio no geográfico.

El documento pone énfasis en que los concesionarios deberán proveerse mutuamente la portabilidad actuando sobre bases recíprocas y conforme a principios de racionalidad, imparcialidad y no discriminación.

La decisión se basa en el artículo 44, fracción V de la Ley Federal de Telecomunicaciones (LFT) y la Regla Tercera Transitoria de las Reglas del Servicio Local (RdSL).

En dicha legislación se dispone que los concesionarios de redes públicas de telecomunicaciones deberán permitir la portabilidad de números cuando, a juicio de la Cofetel, sea técnica y económicamente factible.

fllq/alcr



 

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