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"Nada obliga al Tribunal al fallo en un solo sentido"

Indica el doctor en Derecho, Flavio Galván, que sería contrario a toda regla de lógica y del derecho; señala que no es un deber jurídico de los magistrados declarar la validez de la elección
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Arturo Zárate
El Universal
Ciudad de México
Jueves 31 de agosto de 2006

 

En la etapa final de la calificación de la elección presidencial, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) pueden resolver la validez del proceso o su nulidad, afirma el doctor en Derecho Flavio Galván Rivera.

De acuerdo con su libro Derecho Procesal Electoral Mexicano, de mil cinco páginas, editado por Porrúa, sostiene que "sería absurdo, contrario a toda regla de la lógica y del derecho", que los magistrados pudieran únicamente resolver en un solo sentido.

En su opinión, "no es deber jurídico único de los magistrados declarar la validez de la elección", a pesar de que ni la Constitución ni el código electoral aluden específicamente a este tema.

Aun cuando no es lo deseable, "el resultado negativo también es factible, conforme a derecho", precisa el doctor.

Sin embargo, también dice que "por el bienestar del pueblo de México, la aspiración de los ciudadanos de la República y de las autoridades electorales debe ser la declaración de validez, debe ser la vigencia y eficacia plena del estado de derecho, del sistema de democracia representativa que se ha instituido, tras larga y tormentosa historia, en la actual Constitución".

El doctor Flavio Galván Rivera es actualmente el secretario General de Acuerdos del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Se desempeña en este cargo desde 1996.

Su libro incluye el pasado y el presente del derecho electoral mexicano. Va ya en su segunda edición y ésta se terminó de imprimir el pasado 7 de julio de 2006.

Toca, dentro de su voluminoso texto, un punto neurálgico en el procedimiento de la calificación de la elección presidencial y que define como "una inquietud, inquietante".

"¿Nulidad de la elección de presidente?", se pregunta.

Diversos especialistas han debatido sobre este punto, en particular porque la ley sólo habla de la declaración de validez de la elección presidencial.

La normatividad no dice nada expresamente del asunto.

El doctor Galván Rivera lo analiza y concluye que puede darse la declaración de no validez, aunque dependería de que se probara plenamente que existieron graves irregularidades en el proceso electoral de nuestro país.

Tendrían que haberse vulnerado o violado de manera generalizada los principios rectores de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad y objetividad, que establece la Carta Magna.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya se encuentra en la fase final de la calificación de la elección presidencial.

A más tardar el 6 de septiembre deberá votarse el dictamen que preparan los magistrados Mauro Miguel Reyes Zapata y Alfonsina Berta Navarro.



   
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