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| Destruirá IFE votos postales recibidos después del 1 de julio Señala el órgano electoral que sólo las boletas entregadas 24 horas antes de las elecciones, serán válidas siempre y cuando los sobres no se encuentren con indicios de haber sido alterados Notimex
De acuerdo con el Artículo 288, párrafo 1, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), serán considerados como votos emitidos en el extranjero los que reciba el IFE hasta 24 horas antes del inicio de la jornada electoral.
El mismo artículo en su párrafo 2 dice que concluido el plazo de recepción de sobres se hará una relación de remitentes y luego, sin abrir el sobre con la boleta electoral, se procederá a su destrucción en presencia de representantes de los partidos políticos.
A su vez el acuerdo sobre políticas y reglas de operación en la recepción y el registro de los sobres con la boleta fija los criterios para el manejo de las piezas que tengan características distintas a las previstas en el Artículo 286 del Cofipe.
Es decir, aquellas piezas postales dañadas, recibidas en sobre distinto al enviado por el IFE, las remitidas por correo ordinario y otras situaciones que pudieran representar dificultades en el manejo del voto postal.
El acuerdo precisa que las piezas postales que sean entregadas al instituto y contengan los datos necesarios para la identificación del ciudadano en la lista nominal de electores residentes en el extranjero serán turnadas para escrutinio y cómputo.
Si los datos de identificación coinciden con los de la lista se testará el nombre y domicilio del ciudadano con marcador de tinta permanente negra en línea recta, de tal forma que sea ilegible y se permita salvaguardar la confidencialidad del remitente del sufragio.
En caso de que la pieza postal esté dañada o en mal estado será turnada a la mesa de escrutinio y cómputo, que determinará si a pesar de ello se garantiza la libre emisión, el secreto del voto y la efectividad del sufragio.
Si la pieza postal está dañada de tal forma que se infiera que fue manipulada, la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores elaborará un acta circunstanciada, con conocimiento de la Comisión del Voto de los mexicanos residentes en el extranjero en el plazo más corto.
Además si entre los sobres turnados a la mesa de escrutinio y cómputo se encuentra alguno abierto o que contenga más de una boleta electoral, el secretario de la mesa anotará el incidente en el acta respectiva y deberá considerarse el voto como nulo.
La Comisión del Voto de los mexicanos sesionará dentro de las 48 horas previas a la jornada electoral a fin de recibir un informe de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, que deberá contener una relación de las pieza postales recibidas.
El informe contendrá de manera desglosada el número de piezas recibidas sin irregularidad alguna y las dañadas, recibidas en sobre distinto al enviado por el instituto o las que llegaron al país por correo ordinario.
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