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La construcción de las tres torres Be Grand Universidad quedó suspendida por tiempo indefinido, de acuerdo con la resolución de un juez federal, tras el amparo 91/2018 promovido por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) el pasado 29 de enero.

La suspensión fue concedida el pasado jueves por el titular del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Administrativa, Juan Carlos Guzmán, para que se detuvieran los trabajos de los edificios de departamentos que están ubicados en la avenida Copilco, en la delegación Coyoacán.

La empresa Be Grand aseguró que se encuentra analizando la resolución del Juez Quinto de Distrito en Materia Administrativa para emprender las acciones legales correspondientes e indicó que requiere hacer algunas obras de mitigación para garantizar la estabilidad del terreno antes de aplicarse la suspensión de los trabajos.

En una tarjeta informativa resaltó que la resolución judicial es una suspensión “preventiva y se aplica en tanto se tramita y resuelve el fondo del juicio de amparo.

El desarrollo inmobiliario en cuestión se ubica en Copilco 75 y consta de dos torres de más de 20 niveles y cerca de 600 departamentos.

En cuanto al proceso constructivo, la compañía referida consideró que “algunos trabajos deben continuar” antes de una suspensión, “toda vez que el proyecto se encuentra en la fase de excavación y los sistemas de contención y estabilización de taludes son provisionales”.

La UNAM argumentó que la obra viola la declaratoria de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés) sobre la condición de Ciudad Universitaria como patrimonio cultural de la humanidad y el impacto en el campo visual de esta zona del campus.

A pesar de que en un inicio se negó la suspensión, conforme se fueron aportando pruebas se concedió la suspensión por tiempo indefinido.

“Agréguese a los autos el escrito signado por la apoderada de la parte quejosa, mediante el cual ofrece las periciales en materias de: 1) topografía; 2) desarrollo urbano; y 3) en historia, valor artístico, visual y de generación de cultura de inmuebles y sitios patrimoniales (...) se admiten las pruebas periciales de referencia, por estar ofrecidas en tiempo y forma (...) requiérase a la parte quejosa (...). Distribúyanse entre las partes las copias del cuestionario al tenor del cual versará la prueba (...).

Por otra parte (...) gírese atento oficio a la Coordinación General de Servicios Periciales de la Procuraduría General de la República, para que dentro del plazo de tres días (...)Finalmente, intégrese a los autos únicamente para que obre como corresponda, la razón de cuenta en la que el actuario judicial adscrito a este juzgado hace constar la imposibilidad para realizar el emplazamiento de la tercera interesada Grupo Ambientes Servicios inmobiliarios, sociedad anónima de capital variable, por las razones que expone en el cuerpo de la misma (...) Notifíquese y personalmente a la parte quejosa, informó.

Se espera que se haga una evaluación sobre las autorizaciones con las que se permitió la obra para dos torres de departamentos de 23 pisos y una de 27 pisos.

De acuerdo con autoridades judiciales, la empresa inmobiliaria tiene un plazo de 10 días, tiempo en el que puede impugnar la suspensión ante un tribunal colegiado de circuito.

Al consultar a vendedores de Be Grand, estos informaron que la construcción y venta de los departamentos continuaban; sin embargo, indicaron que en caso de que se suspenda la obra se devolverá el dinero a las personas que hayan dado algún enganche o pago completo.

“Hoy nuestro proyecto sigue, porque tenemos todos los permisos. No sabemos el alcance de las demandas que se han interpuesto, pero en caso de que haya alguna cancelación se regresará el dinero, siempre y cuando sea una cuestión que no sea imputable a los compradores”, dijo.

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