La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la prohibición de las peleas de gallos en Veracruz al considerar que ninguna práctica que suponga el maltrato y el sufrimiento innecesario de los animales puede considerarse una expresión cultural amparada por la Carta Magna.

La Primera Sala de la SCJN aprobó el proyecto realizado por el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea , en el que negó un amparo tramitado contra la Ley de Protección a los Animales en Veracruz.

Los quejosos alegaron que la prohibición de las peleas de gallos vulnera el derecho a la cultura, a la propiedad, la libertad de trabajo y el derecho a la igualdad y no discriminación.

El ministro indicó que, aunque la ley sí afecta los derechos de propiedad sobre las aves de pelea y la libertad de trabajo de sus organizadores, no se trata de una afectación desproporcionada en atención a la protección del bienestar animal.

La prohibición de las peleas de gallos es constitucional porque se trata de una medida idónea y necesaria para garantizar el bienestar animal, al tiempo que el grado en el que se consigue esa finalidad compensa las afectaciones a los derechos de propiedad sobre las aves de pelea y la libertad de trabajo de las personas”, indica el fallo.

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