La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) determinó en un laudo que el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Sederúrgicos y Similares de la República Mexicana (SNTMMSSRM), que encabeza Napoleón Gómez Urrutia , debe pagar 54 millones 84 mil 470 de dólares a trabajadores que pertenecían al extinto fideicomiso que habían entregado a esa organización, que según Grupo México, con el interés legal de 9% anual ascenderían a más de 100 millones de dólares.

En un comunicado la citada corporación empresarial, destacó que la JFCA comprobó, luego de valorar elementos de prueba que ofrecieron las empresas Industrial Minera México y Grupo México, que ambas empresas cumplieron con las obligaciones que asumieron ante esa organización de trabajadores, “liberándolas de cualquier responsabilidad posterior por el uso y destino que se dieron a los recursos derivados de la venta del 5% de las acciones”.

Según información de la JFCA, esto derivó de un proceso legal en el que trabajadores demandaron el pago de 55 millones de dólares por concepto del 5% de las acciones vinculadas con la venta de la fallida Compañía Minera de Cananea, S. A. de C. V.

Gómez Urrutia, quien dirige el sindicato desde Vancouver, Canadá a partir de 2006 y se encuentra como sexto en la lista de candidatos al Senado de la República por la vía plurinominal, propuesto por el partido Morena, ha sido acusado del presunto desvío de 55 millones de dólares del fideicomiso minero.

Información del poder judicial precisa que el citado sindicato promovió ante la segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), dos recursos de inconformidad para evitar el laudo de la JFCA, los cuales fueron desechados al considerarse improcedentes.

En tanto que los trabajadores promovieron dos recursos de reclamación que fueron atendidos por el ministro Javier Laynes, en cuya ponencia se confirmó el desechamiento y están en engrose y pendientes de devolver al Tribunal Colegiado.

Es decir, que se realiza la redacción final de la sentencia conforme a los criterios que se emitieron durante la sesión para poder notificar a las partes y al Tribunal Colegiado.

Una vez que se tenga el engrose se mandan las notifcaciones a las partes y al tribunal colegiado.

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