La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la acusación de cohecho contra María de los Ángeles Pineda Villa, ex primera dama de Iguala , Guerrero, deberá ser enviada a un juez penal en el estado de Morelos , lugar en el que se encuentra recluida.

Durante la sesión de este miércoles, los integrantes de la Primera Sala de la SCJN avalaron la propuesta del ministro José Ramón Cossío Díaz, para confirmar que el Ministerio Público Federal tenía la facultad de consignar el expediente de Pineda Villa por cohecho ante un juez distinto al del lugar donde cometió el delito, que fue en la Ciudad de México.

La Procuraduría General de la República (PGR) envió el asunto a un juzgado de Tamaulipas, razón por la que Pineda Villa promovió el amparo para intentar llevar el caso a la Ciudad de México .

Sin embargo, al argumentar que el artículo del Código Federal de Procedimientos Penales que le fue aplicado es inconstitucional, en la revisión, el amparo fue enviado a la Corte para que defina si fue o no correcta la consignación del Ministerio Público Federal.

Con el fallo del Máximo Tribunal, el artículo aplicado a Pineda Villa fue declarado constitucional, además de que en aplicación de otro precepto de la Carta Magna, en casos de delincuencia organizada, la competencia corresponde a la de la entidad en la que se encuentre recluido el imputado; que en el caso concreto sería un juez de Morelos debido a que la ex primera dama de Iguala permanece en el penal federal de Coatlán del Río.

“Al permitir que un inculpado, por razones de seguridad, sea internado en un reclusorio de máxima seguridad ubicado en lugar distinto a aquél en que se cometió el ilícito respectivo y, por ende, juzgado por un Juez de Distrito distinto al del lugar de la comisión del delito, sólo prevén la competencia de excepción, regla de naturaleza procesal, que no afecta el derecho de defensa de los inculpados, pues no les impide ofrecer las pruebas que estimen conducentes para demostrar los hechos argumentados en su defensa y, por ende, su inocencia”, indica el fallo.

“Por disposición expresa del artículo 18 constitucional, será competente un juez de Distrito que ejerza jurisdicción en donde se ubique un centro de máxima seguridad”.

Pineda Villa y su esposo, José Luis Abarca, fueron señalados por la PGR de tener supuestos vínculos con los Guerreros Unidos, grupo al que se le atribuye la desaparición y supuesto homicidio de los 43 estudiantes de Ayotzinapa.

Al momento de su detención en la delegación Iztapalapa, en la Ciudad de México, los elementos federales acusaron a Pineda Villa de haberles ofrecido medio millón de pesos a cambio de que no los presentaran ante el Ministerio Público.

Por ello, la PGR inició una averiguación previa en su contra por el delito de cohecho, del cual ya se le dictó auto de formal prisión.

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