El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) rechazó la petición que hizo el Partido Encuentro Social para que los consejeros electorales “ reinterpretaran” el significado de “votación válida emitida ” de la pasada elección , debido a que este instituto político buscaba que se anularan los sufragios que se emitieron por los candidatos independientes y así elevar su porcentaje de votación y no perder el registro.

El pasado lunes, la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE ratificó que para la conservación del registro como partido político “la votación válida emitida” es la que fue recibida por partidos y candidatos independientes el día de la elección.

En este sentido, la respuesta de los consejeros electorales fue ratificada por el pleno del Consejo General y se desestimó la intención del PES de reducir la base para la estimación del 3% en la determinación para que un partido político conserve su registro.

“Es claro que lo solicitado por el partido denominado Encuentro Social no puede ser atendido, en primer lugar, porque este Consejo General carece de facultades para ello y, en segundo término, porque no existe elemento novedoso alguno que pueda ser reconsiderado por esta autoridad en el análisis del planteamiento formulado, dado que no ha existido reforma legal alguna ni ha sido emitida jurisprudencia por parte de las autoridades jurisdiccionales que modifique la base argumentativa en que se sustentó la interpretación realizada.

“Por lo que es válido sostener, que la materia de consulta fue atendida en el Acuerdo INE/CG452/2018, el cual quedó firme al no haber sido impugnado, por ende, el partido denominado Encuentro Social deberá estarse a lo allí acordado”, describe el acuerdo.

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