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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) eximió de haber incurrido en promoción personalizada y uso de recursos públicos al secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, por la difusión de imágenes y videos a través de sus cuentas personales en Facebook y Twitter.

Por unanimidad los magistrados confirmaron la resolución emitida por el Instituto Nacional Electoral (INE) el pasado 28 de agosto, en la que concluyeron que Osorio no incurrió en propaganda personalizada, ni en violación del artículo 134 constitucional relativo a propaganda.

Además, los magistrados establecieron que el funcionario usó sus recursos propios para pagar los videos y ninguno de ellos fue localizado o se alojó en la página de la Secretaría de Gobernación, por lo que no se acreditó, como denunciaron los partidos PAN y PRD, el empleo de recursos.

“Los materiales objeto de las quejas se publicaron en las redes sociales particulares del denunciado, con dinero del patrimonio del sujeto imputado, por lo que no se trató de propaganda de la dependencia de gobierno”, determinaron en el INE.

Ante la falta de actualización de los tres elementos temporal (durante elecciones), personal (servidor público identificable) y objetivo (promoción personalizada), necesarios para la acreditación de la violación, no se confirmó que se trate de propaganda personalizada, y por eso “la actuación de la responsable (el INE) se ajustó a derecho”.

Los mensajes denunciados fueron publicados en las redes personales del funcionario en septiembre de 2016. Ahí divulgó videos con actividades institucionales, un logotipo personalizado —una figura de colores verde, blanco y rojo y en letras negras y grises el nombre de Miguel Ángel Osorio Chong—, y en algunos promos, el logotipo de Gobernación.

En la investigación en el INE se accedió al contrato entre Osorio y la empresa Concepto Osmo, S.A. de C.V., para la producción de los videos y logo personal, aunque según el PRD el documento fue “aportado por el director General de Procedimientos Constitucionales de la Segob”.

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