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Con votación dividida, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial (TEPJF) echó abajo los lineamientos de “cancha pareja” emitidos por el Instituto Nacional Electoral (INE), por exceder sus atribuciones e “invadir facultades” del Poder Legislativo.

Regular en materia de propaganda electoral, propaganda gubernamental e informes de labores de los servidores públicos es facultad exclusiva del Congreso, resolvieron los magistrados al revocar los lineamientos emitidos el pasado 20 de julio, mediante los que se buscaban condiciones de equidad en las contiendas federales y locales que inician el 8 de septiembre.

Cinco de siete magistrados validaron los argumentos del PRI, PRD, PVEM, MC y PES, y desecharon, sin analizar sus alegatos, los restantes 343 recursos promovidos por la Presidencia de la República, ocho gobernadores, televisoras y otros, pues quedaron sin materia.

Ahora, al revertirse las reglas de “cancha pareja”, no habrá restricciones adicionales a las que existen, salvo que el órgano electoral emita nuevas a más tardar en los próximos ocho días.

Quedaron invalidadas las prohibiciones para que a partir del 8 de septiembre contraten propaganda de cualquier tipo quienes aspiren a una postulación, sean ciudadanos, dirigentes o funcionarios públicos; para que dirigentes y voceros no figuren en spots de sus partidos, y para que los servidores públicos que aspiran participen en eventos de entrega de programas sociales.

Sin embargo, la magistrada presidenta, Janine Otálora Malassis, dejó abierta la vía para resolver, mediante impugnaciones concretas que se presenten, y en su caso emitir criterios.

“No se estaría otorgando un permiso para que se realicen informes de labores, entregas de obra pública con el fin de posicionar a un ciudadano o a un servidor con fines electorales, pues existen restricciones constitucionales”, indicó el magistrado José Luis Vargas.

La magistrada Aralí Soto expresó: “No me es indiferente la preocupación de que estos lineamientos buscaban equidad, pudiera coincidir en la esencia y en la motivación; sin embargo, considero que el fin no justifica los medios”.

Los lineamientos del INE no pueden “suplantar” las normas en Constitución y “no es válido que vía reglamentos se desarrollen libertades o restricciones adicionales a lo ya establecido”, dijo.

Justamente porque están de por medio derechos fundamentales, regular en esa materia es facultad exclusiva del Congreso, planteó el magistrado ponente, Felipe Fuentes Barrera

Empero, el magistrado Reyes Rodríguez argumentó en pro de las reglas de “cancha pareja”, pues el Congreso debió emitir leyes secundarias en ese tema desde 2008 y el IFE e INE han regulado en la materia vía 11 acuerdos.

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