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Por segunda ocasión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó una resolución que ordenaba la entrega, en versión pública, de las bitácoras de vuelos realizados por la Presidencia de la República desde enero de 2011 al 5 de octubre de 2016.

Con mayoría de seis votos, el pleno de la Corte resolvió el recurso de revisión en el que de nuevo tiró la resolución dictada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) al considerar que difundir los datos requeridos por un particular vulneraría la seguridad nacional.

Ordenó reservar la información de origen, destino, hora de salida, hora de llegada, millas náuticas, número de pasajeros y carga, tiempos de vuelo, aterrizajes y ciclos adicionales o información que pudiera dar indicio de tales datos, contenida en el apartado de “Reportes de tripulación”.

“Se revoca la resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales dictada en el recurso de revisión RRA 4171/16, en sesión celebrada el uno de marzo de 2017, a fin de que, por razones de seguridad nacional, sea reservada la información relativa al origen, destino, hora de salida, hora de llegada, millas náuticas, número de pasajeros y carga, tiempos de vuelo, aterrizajes y ciclos adicionales o información que pudiera dar indicio de tales datos, contenida en el apartado de ‘Reportes de tripulación’, respecto de las aeronaves de la flota aérea presidencial, con matrículas XC-UJN, XC-UJO, XC-IPP, XC-UJP y XC-UTA, por el periodo que comprende del uno de enero de dos mil once al cinco de octubre de dos mil dieciséis; dejando intocado todo aquello que no fue materia de revisión por esta sentencia”, indica el fallo.

Este es el segundo de tres recursos en materia de seguridad nacional que ha resuelto la Corte en el que los ministros optan por reservar los datos.

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