Por unanimidad, los magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ( TEPJF ) validaron la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de no emitir constancia de aspirantes a candidatos independientes a la Presidencia y al Senado a cinco personas que argumentaron violación a sus derechos.

Los personajes cuestionaron el oficio emitido por la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE, mismo que les notificó la decisión, por no cubrir los requisitos establecidos en la ley.

En general argumentaron que al obligárseles a cubrir requisitos –como contar con una Asociación Civil- y luego recabar firmas de apoyo ciudadano para aparecer en la boleta, se les restringe a su derecho a ser votado; además cuestionaron que para recabar apoyo ciudadano se les obligue a emplear la aplicación para dispositivos móviles creada por el INE.

Estos argumentos fueron considerados infundados, pues están en ley todos los requisitos y procedimientos que deben cumplir las personas que aspiran a contender por un cargo público como candidatos independientes.

El TEPJF recordó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya declaró la validez de la obligación de constituir una asociación civil, ya que estimó que dicha medida es razonable y no constituye un requisito excesivo o desproporcionado pues únicamente pretende dar un cauce legal a las relaciones jurídicas que se entablen con la candidatura independiente.

Sobre el requisito consistente en recabar el 1% de la Lista Nominal de Electores, como apoyo ciudadano para tener la candidatura independiente a la Presidencia, también se estableció que la SCJN “ya se pronunció sobre la constitucionalidad de tal requisito”.

El Tribunal desestimó agravios relativos a los lineamientos para la verificación del porcentaje de apoyo ciudadano, el uso de la aplicación para dispositivos móviles, y el acuerdo del Instituto que regula el régimen de excepción respecto de la recolección de apoyos ciudadanos mediante la app, pues todos estos ya fueron asuntos analizados previamente en sesión del TEPJF y su legalidad quedó confirmada.

Los recursos que no prosperaron fueron promovidos por los ciudadanos Miguel Nava, Francisco Flores, Gerardo Becerra, Antonio Rodríguez y Jorge Luis Trejo, en tanto que fue desechado el juicio promovido por el ex perredista Enrique Romero Aquino.

ahc

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