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La suspensión provisional emitida por un juez federal, con sede en Baja California, en contra de Juan Díaz de la Torre, dirigente del Sindicato Nacional de los Trabajadores de la Educación (SNTE), no hace referencia a su legitimación como presidente del Consejo General Sindical, aseguró personal del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), debido a que no es materia del juicio, ni se ha hecho ni se hará pronunciamiento al respecto.

Esa suspensión provisional, que se resolvió el 9 de enero, no tiene el efecto ni alcances suficientes para establecer que una ex dirigente reasuma funciones dentro del SNTE, ya que ese aspecto no forma parte del juicio de amparo, se resaltó.

Se informó que el juicio fue promovido por tres maestros, quienes hasta el momento de la presentación de la demanda, acreditaron ser miembros del SNTE, organización que hasta ayer no daba una posición oficial sobre este asunto judicial.

Según las fuentes del CJF, “el acto reclamado en el juicio de amparo, es únicamente la toma de nota [aval legal para ejercer las funciones como dirigente de un sindicato] del 12 de marzo de 2013, en el expediente R.S. 43/44 [41º Cuaderno], del índice del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, y actos que derivan como consecuencia de ello”.

La suspensión provisional decretada en el juicio de amparo 191/2018 refiere solamente a los efectos de la mencionada toma de nota, acordada por el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, que en todo su caso beneficia exclusivamente a los tres quejosos.

Además de que no surte efectos hacia el pasado, ni modifica determinaciones sindicales previamente adoptadas, se aclaró.

Se precisó que esas consideraciones no forman parte del juicio de amparo, ni serán materia de análisis o debate, los acuerdos alcanzados en la 36 Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional del SNTE, de entre los cuales, según se afirma en la demanda de amparo, se modificaron estatutos y se designó a Juan Díaz de la Torre, actual presidente del Consejo General Sindical para el Fortalecimiento de la Educación Pública del SNTE.

“Las inconformidades que surjan de los acuerdos emitidos en la 36 Sesión Extraordinaria del Consejo Nacional del SNTE, en su caso, pudieron ser impugnados a través de los procedimientos e instancias internas del Sindicato, y posteriormente ante el tribunal burocrático que se considere competente [como pudiera ser el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje], y eventualmente llegar hasta el juicio de amparo”, se agregó.

Para la Secretaría de Educación Pública (SEP), “la titularidad de la relación laboral la tiene el SNTE, representado por su consejo general encabezado por Juan Diaz de la Torre”.

Fuentes insistieron en que como secretario general del CEN del SNTE, Díaz de la Torre sigue representando al sindicato en todas aquellas negociaciones para reglamentar las condiciones generales de trabajo. Y sigue asumiendo la dirección de esa organización magisterial.

Sin validez, la toma de nota. El abogado Carlos de Buen, quien asesora en los amparos interpuestos contra Díaz de la Torre, afirmó en entrevista con EL UNIVERSAL que con la suspensión provisional, el dirigente magisterial no puede ejercer como presidente del Consejo General del SNTE y eso no significa que las funciones las retome Elba Esther Gordillo o alguna otra persona, pero, no le es válida la toma de nota.

De Buen, quien subrayó que el CJF es un órgano administrativo del Poder Judicial y no puede andar minándole la plana a un juez ni decir los efectos de su resolución, destacó que la prisión preventiva en la que se encuentra Gordillo no suspende sus derechos como ciudadana y el estatuto no le impide desempeñar la presidencia.

Lo que sigue jurídicamente, dijo, es que se resuelva de fondo el amparo y un recurso de revisión, del que entonces si podría derivar la restitución de la ex lideresa magisterial en los pocos meses que queda del periodo actual de la presidencia del SNTE.

El sindicato puede interponer un recurso contra la decisión del juez, pero él citó para el 15 de febrero y puede ser que se declare una suspensión definitiva; en tanto, es imposible que un recurso se resuelva antes del congreso del SNTE la próxima semana, por lo que Díaz de la Torre no podría ejercer sus funciones, puesto que la convocatoria la emitió como presidente.

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