El Consejo de Salubridad General declaró emergencia sanitaria nacional por causas de fuerza mayor debido a la epidemia por . Esto implica la suspensión de todas las actividades no esenciales en los sectores público, social y privado hasta el 30 de abril.

La determinación se tomó ayer en la sesión extraordinaria presidida por el presidente Andrés Manuel López Obrador en Palacio Nacional; entrará en vigor a partir de la publicación de la declaratoria de emergencia en el Diario Oficial de la Federación.

“Con el afán de proteger la salud de los mexicanos, [el Consejo de Salubridad General] determinó expedir el siguiente acuerdo por el que se declara como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la epidemia de enfermedad generada por el virus SARS-COV-2, Covid-19”, dijo el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard Casaubon.

La Secretaría de Salud (Ssa) reportó que desde que inició la epidemia en el país, del 27 de febrero a la fecha, hay mil 94 casos acumulados y suman 28 defunciones.

Se informó que la letalidad, que es la proporción de personas que tienen enfermedad y que han muerto, ha aumentado ligeramente a lo largo de las últimas semanas y esto también es en proporción a la capacidad de resolución de los sistemas de salud de los distintos países.

Anoche, en conferencia de prensa, a la que asistieron los secretarios de Relaciones Exteriores, Gobernación, Salud, Defensa Nacional y Marina, se anunció el reforzamiento de las medidas de seguridad sanitaria que se han tomado a la fecha, con el objetivo de mitigar la dispersión y transmisión del coronavirus, para disminuir la carga de enfermedad y sus complicaciones y muerte en la fase 3 de dispersión comunitaria, que se espera llegue en junio.

Se trata de siete medidas de seguridad sanitaria, entre las cuales se ordena la suspensión inmediata del 30 de marzo al 30 de abril de 2020 de actividades no esenciales y a quedarse en casa: “Se exhorta a toda la población, incluida la procedente del extranjero, y que no participa en actividades laborales esenciales a cumplir resguardo domiciliario corresponsable del 30 de marzo al 30 de abril 2020. Se entiende como resguardo domiciliario corresponsable a la limitación voluntaria de movilidad, permaneciendo en el domicilio particular la mayor parte del tiempo posible”, señalan.

México, en emergencia sanitaria por Covid-19
México, en emergencia sanitaria por Covid-19

El resguardo domiciliario corresponsable se aplicará de manera estricta a las personas mayores de 60 años o con hipertensión arterial, diabetes, enfermedad cardiaca o pulmonar, inmunosupresión, y mujeres embarazadas, independientemente de que su trabajo sea esencial. El personal esencial de interés público podrá, de manera voluntaria, presentarse a laborar.

Sólo se considerarán esenciales los trabajos de médicos, paramédicos, administrativos y de apoyo en el sector Salud público y privado; la seguridad pública, la procuración e impartición de justicia, y la actividad legislativa federal y estatal.

También los sectores para el funcionamiento fundamental de la economía, la operación de los programas sociales del gobierno, así como la conservación y mantenimiento de infraestructura que asegure la producción y distribución de servicios indispensables.

“Los estragos principales de esta epidemia los vamos a ver durante la fase 3, que es la de dispersión comunitaria, de transmisión más rápida, pero que en este momento estamos justamente en la oportunidad de aprovechar las medidas de mitigación que implican la restricción masiva, millones de personas tienen que restringir su movilidad para que esto pueda tener un efecto positivo”, dijo el subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell Ramírez.

Se suspenderán todos los censos y encuestas que impliquen la movilización de personas. Para la realización de actividades en los sectores esenciales se aplicarán las medidas de sana distancia y se evitarán reuniones de más de 50 personas.

Se instruye a las secretarías de Seguridad y Protección Ciudadana, de la Defensa Nacional, Marina y a la Guardia Nacional a garantizar la seguridad a las personas, así como para la protección y resguardo de instalaciones estratégicas y redes públicas de comunicación.

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