La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó los Lineamientos sobre la aparición de los líderes y voceros de los partidos en los spots de radio y televisión, que prohibían que esos personajes figuraran en los promos desde que inició el proceso electoral, el 8 de septiembre.

Según la sentencia avalada por los magistrados, el INE “se extralimitó” en el cumplimiento de la sentencia, por la que, en noviembre de 2016 el TEPJF le ordenó emitir criterios que le permitieran a la Comisión de Quejas del INE determinar cuándo en un spot hay sobreexposición de los líderes, centralidad del sujeto o uso indebido de la pauta.

En cambio, el INE “reguló cuestiones que no le fueron ordenadas”.

“No se le ordenó que normara límites o restricciones establecidos en la ley ni regulara el derecho que tienen los partidos para establecer el contenido de sus mensajes”, resolvieron los magistrados.

La sentencia fue criticada por el consejero del INE, Marco Antonio Baños, quien recordó que el Instituto hizo lo que al anterior integración del TEPJF le ordenó, pero ahora han variado criterios.

“Ante la extralimitación que dicen los magistrados, habría que decir que son extremadamente confusos en sus sentencias, no dicen en claridad que quieren. Así no se puede”, indicó.

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