aviso-oportuno.com.mx

Suscríbase por internet o llame al 5237-0800




Liberan a 7 más por caso Acteal

Corte exime a tzotziles culpados de masacre

SESIÓN. El ministro Arturo Zaldívar ayer en la Corte (Foto: ESPECIAL )

Jueves 02 de febrero de 2012 María de la Luz González | El Universal
Comenta la Nota

luz.gonzalez@eluniversal.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó ayer la inmediata y absoluta libertad de siete tzotziles, quienes habían sido sentenciados por el homicidio de otros 45 integrantes de la misma etnia, ocurrido en Acteal, Chiapas, el 22 de diciembre de 1997.

Los liberados, entre ellos un anciano de 78 años, solicitaron el reconocimiento de inocencia, con base en la sentencia de la Corte que, en agosto de 2009, amparó a 20 acusados por la matanza, porque la Procuraduría General de la República fabricó y alteró la evidencia para procesarlos. En noviembre del mismo año, otras 9 personas fueron liberadas por las mismas razones.

Por tres votos contra uno, la Primera Sala de la Corte declaró infundados los incidentes y ordenó la libertad inmediata y absoluta de Bartolo Luna Pérez, Agustín Pérez Gómez, Juan Santíz Vázquez, Lorenzo Gómez Jiménez, Mariano Pérez Jiménez, José Ruiz Tzucut y Juan Pérez Hernández, quienes pasaron 14 años presos.

Con ellos suman 36 los indígenas procesados en este caso que son liberados por la Corte. En 22 casos más, el máximo tribunal ordenó reabrir el proceso para que se dicte una nueva sentencia de la que se excluya la evidencia ilícita fabricada por la PGR.

Hasta la fecha, de los 79 indígenas sentenciados a 28 y 36 años de prisión por la matanza, 51 han recuperado su libertad, pues en octubre de 2009 otros 15 salieron de prisión al obtener el beneficio de remisión parcial de la pena, luego de haber cumplido las tres cuartas partes de la condena que se les impuso.

Los ministros determinaron que los indígenas liberados ayer fueron condenados con base en pruebas ilícitas, violando su derecho constitucional al debido proceso, razón suficiente para declarar su inmediata libertad.

Ellos fueron detenidos en días posteriores a la masacre y responsabilizados por los homicidios en un procedimiento cuyas irregularidades evidenció la Corte en 2009, cuando todos los acusados tenían cerca de 12 años en prisión.

Los indígenas liberados ayer esperaron dos años más, debido a que ya habían sido sentenciados a 36 años de cárcel por el tribunal colegiado cuando la Corte resolvió los amparos, explicó Javier Cruz Angulo, abogado de Juan Pérez Hernández.

“Cuando ellos fueron sentenciados no existía en nuestro derecho esta regla de excusión de prueba ilícita, que se incorpora a los principios constitucionales con el caso Acteal, mediante una interpretación de los artículos 14, 17 y 20 constitucionales”, precisó en entrevista.

Director de la Clínica de Interés Público del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), Angulo llevó la defensa de la mayor parte de los procesados por el caso Acteal ante la Corte.

El abogado consideró que el fallo de ayer es trascendente, pues la regla de exclusión de prueba ilícita, incorporada por los amparos de 2009, comienza a irradiar otras normas, como los artículos del Código Federal de Procedimientos Penales, los cuales regulan el reconocimiento de inocencia.



Comenta la Nota
PUBLICIDAD