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Piden cárcel para quien altere lugar del crimen
Alterar, destruir, perder o perturbar ilícitamente el lugar de los hechos donde se cometió un delito se sancionará con hasta con 10 años de prisión y multa de mil a 2 mil días de salario, que se incrementará hasta en una tercera parte en caso de que el responsable sea un funcionario público, plantea la iniciativa de reformas en materia penal que presentó el presidente Felipe Calderón

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Jorge Ramos y Ricardo Gómez
El Universal
Miércoles 24 de septiembre de 2008
jorge.ramos@eluniversal.com.mx y ricardo.gomez@eluniversal.com.mx

Alterar, destruir, perder o perturbar ilícitamente el lugar de los hechos donde se cometió un delito se sancionará con hasta con 10 años de prisión y multa de mil a 2 mil días de salario, que se incrementará hasta en una tercera parte en caso de que el responsable sea un funcionario público, plantea la iniciativa de reformas en materia penal que presentó el presidente Felipe Calderón.

El Senado dio entrada ayer a las iniciativas presentadas el jueves pasado y las turnó a comisiones, como parte del paquete de modificaciones legales, conocido como Miscelánea Penal, además de la Ley de Extinción de Dominio.

La modificación propuesta al artículo 215 del Código Penal Federal prevé pena de cuatro a 10 años de prisión a quien altere, destruya, pierda o perturbe ilícitamente el lugar de los hechos, los indicios o las huellas o vestigios de un hecho delictivo.

Freno a policías

Otro de los ajustes se refiere a los policías que siendo sancionados obtienen un amparo para seguir laborando. Con las reformas, el Estado sólo estará obligado a pagar la indemnización sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio.

Testigos o peritos que falten a la verdad serían castigados hasta con 12 años de prisión y hasta con 500 días de multa, según la reforma al artículo 247 del Código Penal.

En la misma línea, el Senado dio primera lectura a una iniciativa del PRI y PAN para crear el registro único de telefonía celular, para enfrentar extorsión y secuestro.

 
 

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