Al revelar los nombres de los ministros jubilados o en retiro, los ministros de la Comisión de Transparencia de la Suprema Corte de Justicia establecieron criterios que servirán, en el futuro, para garantizar el acceso a la información pública gubernamental.En primer lugar, Juan Silva Meza, Olga Sánchez Cordero y Genaro Góngora Pimentel determinaron que en todos los casos en los que exista dinero proveniente del presupuesto del gobierno deberá privilegiarse el principio de máxima publicidad para que se conozca cuál es el destino final de los recursos públicos.
En segundo lugar, al interpretar por vez primera la reciente reforma al artículo 6 de la Constitución, en materia de información, resolvieron que siempre que exista duda sobre la clasificación a una información, debe privilegiarse la transparencia y hacer públicos los datos solicitados. Por último, establecieron que por datos personales debe considerarse “la información concerniente a una persona física, identificada o identificable, entre otras, la relativa a su origen étnico o racial, o que esté referida a las características físicas, morales o emocionales, a su vida afectiva y familiar, domicilio, número telefónico, patrimonio, ideología y opiniones políticas, creencias o convicciones religiosas o filosóficas, los estados de salud físicos o mentales, las preferencias sexuales, u otras análogas que afecten su intimidad”.