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Corte abre posibilidad para anular reformas

Abandona criterio de no revisar proceso en el Congreso
Corte abre posibilidad para anular reformasCorte abre posibilidad para anular reformas
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Carlos Avilés
El Universal
Martes 29 de abril de 2008

caviles@eluniversal.com.mx

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrió la posibilidad de que una reforma a la Constitución, por vez primera pueda ser anulada.

Pero sólo cuando lo que se impugne sea el proceso que llevaron a cabo los legisladores para aprobarla, y no así cuando lo que se cuestione sea el contenido de las reformas hechas a la Carta Magna.

En un cambio radical de opinión, la Corte abandonó el criterio que venía sosteniendo desde 2002, cuando determinó que no era posible impugnar ni revisar, por ninguna vía, una reforma a la Constitución mexicana.

La mayoría de ministros del máximo tribunal acordó ayer admitir un par de demandas que promovieron los partidos Convergencia y Nueva Alianza (Panal) en contra de la reforma constitucional que se aprobó en 2007 y que sirvió para modificar el sistema electoral del país.

Los dos partidos impugnaron la reforma porque consideraron que los legisladores no se apegaron a las reglas que establece la propia Constitución para que se le pueda modificar.

Con base en dicho argumento, ambos institutos buscan dejar sin efecto la reforma mediante la cual, entre otras cosas, los legisladores prohibieron que cualquier partido o persona (en especial los empresarios) contraten propaganda para influir en las preferencias de los ciudadanos, o para favorecer o perjudicar a un partido o candidato.

Si logran que la Corte declare que la reforma se aprobó mediante un proceso irregular, el resultado sería que el contenido de dicha modificación se anule.

Los dos partidos impugnaron la reforma desde diciembre de 2007, pero sus demandas fueron desechadas por los ministros que integraron la Comisión de Receso de la Corte porque, en su opinión, basados en el último criterio que existía sobre el tema, resultaba notoriamente improcedente.

Convergencia y Panal impugnaron la medida y lograron que el pleno de la Corte revocara dicha decisión, en una votación dividida de seis contra cinco.

La mayoría de ministros concluyó que el “procedimiento de reforma constitucional sí puede ser sujeto a control jurisdiccional a través de un juicio de acción de inconstitucionalidad”.

Después de revocar el desechamiento y, por tanto, haber admitido las demandas de los partidos, el caso se le turno para su análisis al ministro José Ramón Cossío.

Dicho ministro deberá elaborar un proyecto de sentencia que ponga a consideración de sus compañeros en el que se diga si el Congreso federal y los congresos estatales incurrieron en alguna irregularidad.



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