arturo.zarate@eluniversal.com.mxPara tener mayor control sobre las credenciales de elector, se les dará vigencia de 10 años, establece el proyecto legislativo que reformaría el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).
La identificación, que además es válida para realizar operaciones bancarias y diversos trámites, también incorporaría a su contenido la Clave Unica de Registro de Población (CURP).
Hasta ahora, las más de 74 millones de credenciales del IFE que circulan en el país no tienen vigencia ni clave.
Es la propuesta de los legisladores que preparan la reforma secundaria en materia electoral y que en el curso de la presente semana deberá presentarse en el pleno del Senado.
Diputados y senadores que integran el grupo plural que realiza este trabajo están en la fase de afinación del documento, que se ajustará a los términos que establece la Constitución.
En el capítulo de sanciones, se ha dejado claro que sólo la Cámara de Diputados podrá aplicar a los consejeros del IFE las sanciones de suspensión, destitución e inhabilitación temporal para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público.
En el supuesto de que se observe alguna irregularidad grave de estos servidores, el contralor interno deberá dar aviso a los diputados, para que ellos determinen lo que proceda.
Si la falta es menor, según el proyecto legislativo, el mismo contralor podría aplicar un apercibimiento privado o público, amonestación privada o pública o una sanción económica.
Respecto a los demás servidores públicos del Instituto Federal, todas las sanciones podrían ser aplicadas por el contralor, que por ley será designado por la Cámara de Diputados.
Algunas de las faltas por las que se castigaría a los consejeros y demás empleados serían realizar conductas que atenten contra la independencia de la función electoral y tener una notoria ineptitud o descuido en el desempeño de sus funciones.
Para los servidores públicos que no trabajan en el IFE y que violen la ley, en el capítulo de sanciones se ha dispuesto que conocida la infracción, se integre un expediente y se remita al superior jerárquico de la autoridad infractora, para que éste proceda en los términos de ley. Si la autoridad requerida no tuviese superior jerárquico, se procederá a la formulación de un nuevo requerimiento y a la aplicación inmediata de las sanciones a que haya lugar.