La Secretaría de Gobernación (Segob) no hizo flexible el nuevo reglamento para las 48 estaciones migratorias y se apresta a endurecer aún más el trato a migrantes y a organismos civiles o religiosos que los auxilien.De acuerdo con el nuevo reglamento elaborado por el Instituto Nacional de Migración (INM), obtenido por EL UNIVERSAL, aumentan los castigos a los extranjeros y se exigen más requisitos a las organizaciones no gubernamentales (ONG).
Asociaciones civiles advirtieron en febrero pasado el trato de delincuentes a los indocumentados, así como el endurecimiento en dicha normatividad, para que defensores de derechos humanos entren a las instalaciones de las estaciones migratorias a verificar las condiciones en que se encuentran y son tratados los extranjeros detenidos en México para su deportación.
Al hacerse públicas las críticas de las ONG, el secretario de Gobernación, Francisco Ramírez Acuña, ordenó el 6 de febrero el retiro del proyecto de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer) con el objeto de someterlo a revisión y presentar uno nuevo.
Las nuevas reglamentaciones o acuerdos del gobierno federal las publica la Cofemer en internet; este es un paso previo a la publicación en el Diario Oficial de la Federación, para su puesta en práctica.
La nueva propuesta que está en el escritorio de Ramírez Acuña y consultada por EL UNIVERSAL recrudece las acciones contra las personas de otras naciones y de quienes quieran auxiliarlos, sean organismos civiles o religiosos.
En el documento retirado se preveía negarles el derecho a recibir visitas hasta por 20 días o aislarlos del resto de los internos por un periodo similar, cuando la persona atentara contra la seguridad o el orden de sus compañeros en la estación migratoria; sin embargo, ahora se añade aumentar a 40 días el aislamiento "cuando ponga en peligro la vida de los asegurados o del personal de la estación migratoria".
Las nuevas reglas
La propuesta de reglas ahora incluye segregar a migrantes si padecen alguna enfermedad infectocontagiosa, estipula el artículo octavo. "El encargado de la estación migratoria podrá separar del resto de la población a extranjeros que cuenten con antecedentes criminales que pudieran poner en riesgo la integridad de los demás extranjeros o hayan desplegado conducta que pueda importar riesgo a su integridad física, al resto de la población o al personal, así como en el caso de que el servicio médico detecte a algún extranjero con alguna enfermedad contagiosa".
Y "no se permitirá la permanencia de asegurados fuera de los dormitorios después de la hora establecida por el encargado de la estación migratoria"; los horarios se modificarán temporalmente por emergencia o contingencia, señala el artículo 23.
Se mantienen las reglas para el ingreso de visitantes, ONG y de representantes de iglesias, como presentar identificación oficial vigente, registro en el libro de gobierno, someterse a "revisión exhaustiva" -que ahora frasearon distinto: "revisión física"- y hasta la toma de fotografías y huellas dactilares de visitantes, además de que los ministros de culto debían argumentar por escrito los objetivos de su visita; las ONG, deben dar copia certificada de su acta constitutiva.
Asimismo, agrega la creación de un padrón de ONG y la exigencia de que los representantes legales presenten copia certificada del instrumento público que acredite la representación o carta poder firmada ante notario público con dos testigos y ratificada ante fedatario público o el encargado de la estación migratoria, e incluso exhibir original y copia de su cédula profesional.
Se aclara que "una vez inscritas en el padrón, (las ONG) deberán presentar cualquier modificación que se realice a su acta constitutiva, así como cada seis meses copia simple para su cotejo a efecto de mantener el padrón actualizado". Los tiempos y los días de visitas "para realizar actividades especiales por parte de ministros de culto y organismos no gubernamentales será señalado en el oficio de autorización correspondiente".
Otra novedad del reglamento que está en manos de Ramírez Acuña es la argumentación que revela que la falta de recursos en el INM lo limita para expulsar a extranjeros.
El artículo séptimo establece 13 causas de alojamiento para los migrantes, donde precisan que podría aumentar más de 90 días el periodo cuando "no se cuente con recursos financieros por parte del INM en el caso de expulsiones" o "no exista disponibilidad de itinerarios de viaje para su repatriación".
En ninguna parte del reglamento se menciona a la Comisión General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (Comar); tampoco se incluye proporcionar formatos de quejas y sugerencias a todo extranjero a su salida de la estación migratoria; sólo el buzón de quejas, al cual tendrá acceso el Órgano Interno de Control.
No aparece el carácter gratuito de las llamadas locales para los extranjeros detenidos ni la obligación de notificar al Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) cuando se trate de menores detenidos, como tampoco otorgar facilidades a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) para que tengan un espacio físico dentro de las estaciones migratorias.
No obstante, en el artículo 35 se precisa que "los representantes consulares y la CNDH podrán realizar visitas en cualquier día y horario, previa identificación y cumpliendo normas de seguridad".
En la nueva propuesta el INM eliminó del reglamento la especificación sobre la contratación de personal de seguridad privada para la seguridad de las estaciones migratorias. Agrega que "la autoridad migratoria dentro de las estaciones" tomará las medidas necesarias para el resguardo y protección del inmueble, en tanto solicita la intervención de la fuerza pública en los casos de resistencia organizada de los asegurados, motín, agresión al personal o disturbios.