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Corte cierra caso de militares con VIH; ordena reinstalar a 9

Los militares que se reincorporarán al Ejército gozarán de todos los beneficios que les otorga el hecho de estar en condición de "activos", pero sólo mientras sean portadores del VIH, porque en cuanto su enfermedad evolucione y no puedan realizar las actividades propias de su trabajo podrán ser enviados al retiro sin una pensión y sin derecho a atención médica o medicamentos gratuitos de parte de las Fuerzas Armadas
Corte cierra caso de militares con VIH; ordena reinstalar a 9Corte cierra caso de militares con VIH; ordena reinstalar a 9
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Carlos Avilés
El Universal
Miércoles 07 de marzo de 2007

El juicio de los militares que tienen el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) llegó a su fin en la parte esencial, al concretarse una victoria temporal para los nueve elementos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que sean reinstalados en las Fuerzas Armadas.

Los militares que se reincorporarán al Ejército gozarán de todos los beneficios que les otorga el hecho de estar en condición de "activos", pero sólo mientras sean portadores del VIH, porque en cuanto su enfermedad evolucione y no puedan realizar las actividades propias de su trabajo podrán ser enviados al retiro sin una pensión y sin derecho a atención médica o medicamentos gratuitos de parte de las Fuerzas Armadas, si es que no cuentan, al menos, con 20 años de servicio.

En otras palabras, los militares con VIH ganaron una batalla para que se les reparen los daños que les ocasionaron en el pasado y para que no se les discrimine en el presente, pero perdieron la lucha por asegurar su futuro.

Los legisladores son los únicos que pueden cambiar esa condición por medio de una reforma a la Ley de Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas, que fue la norma que sometió a revisión la Corte.

Las cuatro conclusiones

Después de ocho sesiones de análisis que iniciaron precisamente el Día del Ejército, el 19 de febrero, el máximo tribunal del país agotó ayer la revisión de todos los temas torales vinculados con los juicios de los militares con VIH. Y al hacerlo fijó cuatro conclusiones:

Primero, el Ejército puede enviar al retiro a los militares cuando, por motivos justificados y razonables, por causa de alguna enfermedad, no sean "útiles" para el servicio.

Segundo, es inconstitucional que un militar sea considerado "inútil para el servicio" y enviado al retiro por el sólo hecho de ser portador del VIH, porque esta medida viola la garantía de no discriminación y de igualdad.

Tercero, es constitucional que el Ejército cuente con un sistema mediante el cual sólo se otorguen pensiones para el retiro a los militares que cuenten con 20 ó más años de servicio en las Fuerzas Armadas.

Y, cuarto, declaró constitucionalmente válido que sólo los militares en activo o quienes sean dados de baja y tengan más de 20 años de servicio gocen del derecho a recibir, tanto ellos como sus familiares, atención médica y medicamentos de parte del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM).

Con esta última conclusión, emitida en la sesión de ayer, por seis votos contra cinco, la Corte avaló que todos los militares que sean dados de baja o enviados al retiro antes de cumplir 20 años de servicio no reciban atención de parte del ISSFAM.

Con base en estos criterios la Corte amparó, en total, a 10 militares -entre ellos uno que falleció antes de que su caso fuera resuelto- quienes habían sido dados de baja del Ejército después de que resultaron positivos en la prueba del VIH.

Seis de ellos -incluido el que falleció- fueron amparados en contra de la Ley del ISSFAM que estuvo vigente desde 1976 hasta 2003 y que, en esencia, establece las mismas medidas en contra de los militares con VIH que la actual Ley.

Mientras que los otros cuatro recibieron amparos en contra de la actual Ley. Pero hace falta que otorgue un amparo más en contra de la Ley del ISSFAM vigente para que pueda establecer una jurisprudencia que obligue a todos los jueces y magistrados federales a amparar a los elementos de las Fuerzas Armadas que sean enviados al retiro por el sólo hecho de que se les detecte que son portadores del VIH. La Corte dejó pendiente para el lunes resolver el otro amparo.



 

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