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“Calderón puede rendir protesta por TV u otra vía; descartadas, las teorías de crisis": Fabián Aguinaco

Precisa que la interpretación que se haga de un texto constitucional tiene que ser armónica para permitir que las instituciones existan y subsistan
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CARLOS AVILÉS
El Universal
Jueves 30 de noviembre de 2006

Felipe Calderón puede rendir protesta como presidente de la República por televisión o a través de otros medios, como podría ser una carta, si no existen las condiciones adecuadas para que lo haga en el recinto del Congreso de la Unión, asegura el presidente de la Barra Mexicana Colegio de Abogados, Fabián Aguinaco.

El también especialista en derecho constitucional considera que si Calderón no rinde protesta en la tribuna del Congreso será un fracaso de la política, pero, desde el punto de vista jurídico, “sería irrelevante si lo dejan entrar al Congreso, porque él estaría entregando ese documento o transmitiendo por televisión su voluntad de ser presidente de la República y de guardar la Constitución”.

Por ello asegura que todos los demás escenarios catastrofistas y las teorías de las crisis quedan descartadas.

Fabián Aguinaco aclara, en entrevista, que “la interpretación que se haga de un texto constitucional tiene que ser de tal manera armónica que permita que las instituciones existan y subsistan. Las interpretaciones —advierte— no son para que las disposiciones se enerven unas con otras”.

Desde 1824, recuerda, en nuestro primer texto constitucional se encuentra ya el juramento como una obligación que tiene que rendir el presidente electo ante el Congreso.

Esto se dio así, explica, por dos circunstancias. La primera, porque no había otra forma de que el presidente externara su aceptación al cargo y su compromiso de cumplir con la Constitución, y la segunda, porque era el Congreso el que se encargaba de las elecciones.

Lo cual, agrega, sucedió hasta 1896 cuando se modificó el juramento por la protesta, tras dejar atrás el aspecto confesional de involucrar al Creador en estos temas.

Fabián Aguinaco explica que “a partir de entonces tenemos la protesta y en 1917, con la nueva Constitución, en el artículo 87, se analiza y sin discusión se aprueba. Es un artículo que desde entonces no ha variado. Es uno de los pocos que no ha sufrido ningún cambio”.

Es en este contexto histórico, dice, que tenemos que comprender que se exigía la presencia física del presidente electo en el Congreso, porque no había otra forma, más que esa, de que externara su compromiso de guardar la Constitución.

Pero ahora, destaca, “nuestras circunstancias culturales, científicas, nos presentan un panorama diferente y podemos entender que la toma de protesta se puede hacer por cualquiera de los medios que establece la ciencia”.

La protesta es un deber jurídico que tiene que cumplir el presidente de la República, quien lo es desde el primer segundo del 1 de diciembre, y que se realiza por medio de un protocolo.

Pero si dicho protocolo no puede llevarse a cabo ante el Congreso, puede rendir protesta por escrito o bien a través de una emisión televisiva, reitera Aguinaco.

La protesta, aclara, se tiene que realizar en el transcurso del 1 de diciembre y lo deseable es que pronuncie tal cual el texto que marca la Constitución, pero si al hacerlo agrega alguna otra frase “no pasa nada”.

“Me parece que esta interpretación es fresca, actual”, dice.

Agrega que lo que importa es la sustancia, la decisión que se tomó en la elección, que después fue avalada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación al expedirle la constancia de presidente electo y por la Cámara de Diputados que emitió el bando solemne en el que le comunicó a toda la población esta decisión.

“Esa es la sustancia, eso es lo importante, lo demás es un deber jurídico que se realiza de manera protocolaria, pero él ante el Congreso, como dice el 87, puede ser por cualquiera de las formas permisibles, con tal de que se enteren de que acepta el cargo y protesta cumplir con la Constitución, guardarla y las leyes que de ella emanen. Así deberíamos de entenderlo”, concluye el abogado.



 

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