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Corte no indagará denuncias de violaciones al voto público

Concluyen que las peticiones realizadas son improcedentes
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Carlos Avilés
El Universal
Viernes 08 de septiembre de 2006

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no investigará las denuncias de violaciones al voto público, que simpatizantes de la coalición Por el Bien de Todos aseguraron se cometieron en las elecciones presidenciales en las que resultó ganador el panista Felipe Calderón.

El Pleno del alto tribunal desechó, de manera definitiva, las peticiones que hicieron diversos grupos de ciudadanos para que ejerciera la facultad que le otorga el artículo 97 de la Constitución para investigar violaciones al voto público.

En la sesión de ayer, en una votación dividida de ocho contra dos, la mayoría de ministros ratificó y avaló las decisiones que adoptó el presidente de la Suprema Corte, Mariano Azuela, al desechar desde agosto, por notoriamente improcedentes, las peticiones que le hicieron al alto tribunal para intervenir en el conflicto postelectoral.

El Pleno de la SCJN tuvo que pronunciarse sobre este tema debido a que en dos casos, de 14 peticiones que rechazó Azuela, se impugnó su decisión.

Entre las 14 peticiones estaba la que recibieron, el 20 de agosto, de manera personalizada los 11 integrantes de la Corte con una petición "urgente" de escritores, políticos, ex funcionarios y ciudadanos que sumaron 16 mil 806 firmas.

En su escrito, de manera enfática, le pidieron a la Corte que resolviera el caso antes de que el Tribunal Electoral calificara la elección presidencial, porque después no serviría de nada.

Pero el asunto se alargó y no fue sino hasta dos días después de que el Tribunal Electoral declaró presidente electo de México al panista Felipe Calderón cuando el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación retomó el tema.

Y lo hizo, única y exclusivamente, para resolver una cuestión de forma, en la que no fue necesario ni siquiera que analizaran las peticiones que recibieron.

En la sesión de ayer los ministros se limitaron a resolver si desde el punto de vista procesal había sido correcta la decisión de Azuela de desechar por notoriamente improcedente las solicitudes que llegaron al alto tribunal.

En opinión de los ciudadanos que impugnaron la decisión de Azuela, el Pleno en su conjunto, es decir los 11 ministros juntos, eran quienes tenían que haber analizado qué procedía hacer con las solicitudes.

Su opinión sólo la compartieron los ministros José Ramón Cossío, Olga Sánchez Cordero y Genaro Góngora Pimentel, quienes coincidieron en que no era posible que en casos de tal trascendencia se tomara una decisión unilateral y que, además, la responsabilidad de dicha decisión recayera en una sola persona.

Al final Góngora no votó, porque tuvo que dejar la sesión antes de que terminara.

Los otros ocho ministros concluyeron que el presidente de la Corte sí tiene atribuciones para tramitar este tipo de asuntos sin consultar al Pleno. Y ratificaron su decisión porque coincidieron con Azuela en la facultad de investigar violaciones al voto público, se ejerce de oficio por los ministros o el pleno de la Corte, y no a petición de alguien, ya sea autoridad o particular.

Y ningún ministro pidió, de oficio, una investigación de este tipo.

 
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