El voluminoso archivo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) exhibe los abusos y las atrocidades que el peruano Alberto Fujimori cometió como presidente de Perú, de 1990 a 2000.

El historial quedó registrado en cinco condenas que la Corte dictó contra el Estado peruano en 2015 y 2017 por actos del gobierno del ahora ex mandatario, de 79 años y favorecido por el presidente de Perú, Pedro Pablo Kuczynski, con un indulto humanitario que emitió el pasado 24 de diciembre y que justificó en que una junta médica lo recomendó por razones de salud.

Fujimori recibió el perdón tras purgar 10 de los 25 años de prisión a los que fue sentenciado en 2009 por crímenes de lesa humanidad, ligados a dos matanzas ejecutadas en Lima en 1991 y 1992 por una unidad élite militar encubierta en la lucha contra las guerrillas comunistas que azotaron a Perú de 1980 a 2000.

Fujimori, extraditado en 2007 de Chile a Lima, dimitió en el año 2000 desde Japón vía fax, pero fue destituido por incapacidad moral por el Congreso de Perú.

Las condenas de la Corte, instancia autónoma de la Organización de Estados Americanos (OEA) con sede en Costa Rica, por actos de Fujimori y aceptadas por Perú son:

—El 17 de abril de 2015, condenó a Perú por violar el derecho a la vida de un miembro del comando insurgente que de diciembre de 1996 a abril de 1997 se apoderó de la embajada de Japón en Lima. El rebelde murió en una ejecución extrajudicial, tras ser capturado vivo en la toma de la legación por fuerzas militares. El tribunal culpó al Estado de violar derechos a garantías judiciales y protección judicial de parientes de guerrilleros.

—El 24 de junio de 2015, declaró culpable a Perú por violar derechos humanos con el cese de mil 117 trabajadores del Congreso peruano en diciembre de 1992, luego de que Fujimori clausuró el Parlamento el 5 de abril de 1992 y rompió el orden constitucional. La condena también fue por impedimentos normativos y prácticos para asegurar un acceso real a justicia y por falta de certeza y claridad para reclamar por los ceses colectivos.

—El 1 de septiembre de 2015, condenó a Perú por las desapariciones forzadas en 1991 de 15 personas al violar derechos a la libertad personal, integridad personal, vida, reconocimiento de personalidad jurídica, garantías judiciales y protección judicial. También señaló violaciones al derecho a la especial protección de niñas y niños, porque siete de los 15 eran menores.

Además, declaró la culpa estatal por violar derechos a propiedad privada, vida privada y familiar de las víctimas y de garantías judiciales y protección judicial, a conocer la verdad y a la integridad personal de familiares.

—El 2 de octubre de 2015, declaró culpable a Perú por violar derechos a la libertad personal y a garantías judiciales de un peruano detenido, al día siguiente del cierre del Congreso, sin motivo suficiente ni ser informado de la causa, lo que menoscabó su derecho de defensa ya que tampoco fue llevado ante una autoridad judicial.

La Corte culpó al Estado de violar el derecho a la integridad personal en perjuicio del peruano, su hijo y su esposa por el modo de la detención y por la incertidumbre y sufrimiento de sus familiares. Perú violó derechos a garantías judiciales y protección judicial por omitir indagar la “tortura sicológica” al peruano, estableció.

—El 23 de noviembre de 2017, culpó a Perú por violar derechos a garantías judiciales y protección judicial y al trabajo de 125 empleados públicos por ceses colectivos en 1992.

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