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| Vence el plazo para los Repecos |
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José Manuel Arteaga
El Universal Lunes 17 de marzo de 2008 |
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Este lunes vence el plazo para que los contribuyentes agrupados en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) paguen los seis bimestres correspondientes a 2008 y puedan obtener beneficios fiscales
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jose.arteaga@eluniversal.com.mx Este lunes vence el plazo para que los contribuyentes agrupados en el Régimen de Pequeños Contribuyentes (Repecos) paguen los seis bimestres correspondientes a 2008 y puedan obtener beneficios fiscales. De acuerdo con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), si los Repecos cumplen con el pago adelantado de sus contribuciones, a lo largo del año no tendrán la obligación de llevar un libro de sus ingresos diarios. Asimismo, tampoco tendrán que presentar la Declaración Informativa por todos los ingresos que obtengan en 2008. También quedarán relevados de entregar copias de las notas de venta de sus clientes y conservar los originales de los mismos, cuando el importe de la operación sea de hasta 100 pesos. Adicional a ello, los Repecos podrán obtener un descuento de pago anticipado por los bimestres que paguen. “El beneficio del descuento lo podrán obtener los contribuyentes, siempre y cuando su pago anticipado comprenda los seis bimestres y se realice el pago a la entidad federativa a más tardar el 17 de marzo de 2008”, expuso la autoridad. Al respecto, Francisco Macías, socio de impuestos de la firma Deloitte, informó que la cuota fija a pagar tiene que ser en una sola exhibición y se necesita multiplicar el monto estimado por los gobiernos locales por el factor 0.964. El especialista ejemplificó que si la cuota fijada por la autoridad estatal es de mil pesos, entonces el contribuyente Repeco tendrá que pagar 964 pesos. Si la cuota es de 2 mil pesos, el monto a desembolsar al fisco necesita ser de mil 928 pesos. Sin embargo, para que proceda el descuento por pago anticipado de las cuotas fijas, las entidades federativas deben comunicar por escrito a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) su conformidad por la aplicación del beneficio, así como que ellas asumen los costos recaudatorios. Previamente, los gobiernos estatales debieron haber determinado con base en una estimativa la cuota fija anual que tienen que pagar los contribuyentes por los Impuestos Sobre la Renta (ISR), al Valor Agregado (IVA) y Empresarial a Tasa Única (IETU). Al hacer los pagos mencionados, los contribuyentes quedaron relevados de las obligaciones que marcaba la autoridad. Cabe destacar que el 31 de diciembre de 2007, a través de una miscelánea fiscal, la autoridad derogó las facilidades fiscales que tuvieron los Repecos en 2005, 2006 y 2007. De esta manera, los contribuyentes llamados Repecos, a partir de 2008, tendrían que cumplir con todas sus obligaciones, incluyendo aquellas por las cuales estaban liberados de conformidad. Macías puntualizó que los beneficios fiscales para los Repecos que cumplan con las disposiciones de la autoridad son grandiosos, ya que no tendrán que rendir cuentas. “Todos llevan cuentas de lo que tienen e ingresan, pero aquí lo bueno es que ya no van a tener que rendirlas a la autoridad, y eso generó grandísimo beneficio”, apuntó.
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