Beneficios fiscales a patrones sin créditos
José Manuel Arteaga
El Universal

Miércoles 05 de marzo de 2008



jose.arteaga@eluniversal.com.mx

Los patrones que se acojan al decreto presidencial para eximir 5% de cuotas laborales no deberán tener a su cargo créditos fiscales firmes a favor del Seguro Social, informó la Secretaría de Hacienda.

La dependencia puntualizó que entre los requisitos también se considera que los empresarios y sus trabajadores estén registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Un último requisito es que no sean una entidad pública cuyas relaciones laborales se rijan por el apartado A del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ni formar parte de las administraciones públicas federales, estatales y municipales.

Hacienda informó que los patrones en México podrán eximir parcialmente el pago de una cantidad equivalente a 5% de cuotas obrero patronales previstas en la Ley del Seguro Social en seguros de riesgo de trabajo, enfermedades, maternidad, invalidez y vida, guarderías y prestaciones sociales.

Añadió que Hacienda proveerá al seguro social de los recursos financieros necesarios para cubrir los costos de la medida que forma parte del Programa Económico par enfrentar la desaceleración.

A través del Diario Oficial de la Federación, la dependencia expuso que las medidas entrarán en vigor a partir de hoy y concluyen el 31 de diciembre de 2008. Agregó que aquellos patrones que incumplan sus obligaciones perderán sus beneficios fiscales.

En otro decreto, la SHCP informó que se anticipa un entorno internacional menos favorable en 2008, por lo que es conveniente realizar acciones para impedir una posible afectación a la actividad económica del país.



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