Aviso Oportuno inmuebles | empleos | vehículos | varios
Buscar en:
EL UNIVERSAL
El Universal
 
Finanzas

Piden limitar deducibilidad para los créditos hipotecarios

Imprimir | Envíar |
Comenta la nota
Romina Román Pineda
El Universal
Jueves 10 de septiembre de 2009
romina.roman@eluniversal.com.mx

El Ejecutivo propuso poner límites a la deducción de los intereses para los créditos hipotecarios. En la propuesta del Presupuesto para 2010 que se presentó al Congreso, el gobierno federal planteó que la deducción personal de los intereses reales pagados sólo se aplique a los créditos para la compra de la casa habitación del contribuyente.

Los financiamientos se deberán contratar con los integrantes del sistema financiero, siempre que el monto total de los mismos no exceda de un millón 500 mil unidades de inversión.

Para ello, se propone reformar el artículo 176, fracción IV, primer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR). En el documento se aclaró que esta modificación no afectaría a la población en general, sino sólo a las personas que perciban altos ingresos y que pudieran adquirir más de un inmueble.

De acuerdo con información de la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares de 2006, 85% del gasto en hipotecas se concentra en los hogares del décimo decil de ingresos, mientras que 92% corresponde a los tres deciles de ingresos más elevados.

Incluso, según información fiscal acerca de la distribución de las deducciones de intereses reales por créditos hipotecarios, 30% de la población con mayores ingresos acumulables concentra alrededor de 80% de las deducciones por este concepto.Las modificaciones sobre esta facilidad buscan precisar el alcance de las disposiciones para acotar los beneficios a favor de los contribuyentes para los cuales se creó la medida.

Sobre esta consideración, se cerrarán espacios que puedan dar lugar a prácticas de evasión o elusión fiscal.

En la actual Ley del Impuesto sobre la Renta se prevé la deducibilidad de los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios que contraten las personas físicas con los integrantes del sistema financiero. Esta medida se aplica siempre que el monto de los préstamos no exceda de un millón 500 mil unidades de inversión (Udis).

¿Qué es esto? Compartir:   Facebook
Facebook
Twitter
Twitter
Google
Google
LinkedIn
LinkedIn
Viadeo
Viadeo
Digg
Digg
Delicious
Del.icio.us
Meneame
Menéame
Yahoo
Yahoo
Technorati
Technorati

Comenta esta nota
Crea comunidad. Comenta, analiza, critica de manera seria. Mensajes con contenido vulgar, difamatorio o que no tenga que ver con el tema, serán eliminados. Lee las normas | Políticas de uso | Políticas de privacidad
 
 

PUBLICIDAD






DIRECTORIO | CONTÁCTANOS | CÓDIGO DE ÉTICA | PUBLICIDAD | AVISO LEGAL | MAPA DEL SITIO | HISTORIA | ESTADOS FINANCIEROS
EL GRÁFICO | MINUTO X MINUTO | EL MUNDO | MÉXICO | ESTADOS | DF | FINANZAS | SOCIEDAD | PYMES | DEPORTES | SHOWBIS | LETRAS + ARTES | ESTILOS | CIENCIA | TECNO | MENÚ | AUTOPISTAS | DESTINOS | TU DINERO | LA DISPUTA 2009 | DISCUSIÓN | MULTIMEDIA | VIDEOS © 2000 - 2009
Todos los derechos reservados. El Universal Compañía Periodística Nacional. De no existir previa autorización, queda expresamente prohibida la publicación, retransmisión, edición y cualquier otro uso de los contenidos.
EL UNIVERSAL | aviso-oportuno.com.mx | AGENCIA INTERNET | El Universal TV | CONEXIÓN RADIO | VE FUTBOL | tVa | EL UNIVERSAL EN YOUTUBE | CIRCULO UNIVERSAL | EL UNIVERSAL MÓVIL | LÉENOS EN RSS | EL UNIVERSAL EN TWITTER | EL UNIVERSAL EN FACEBOOK