Aunque el papel de Telmex en la alianza con MVS y Echostar sea sólo de facturación y cobranza, se requiere previa opinión de la Comisión Federal de Telecomunicaciones (Cofetel) para determinar si esto implica una explotación del título de concesión de la telefónica, y si se trata de una operación indirecta de una concesión de un servicio de televisión, entre otros elementos, comentó Gonzalo Martínez Pous, comisionado del organismo regulador.
En entrevista, advirtió que esta evaluación no se limita a la prohibición expresa que tiene Telmex para ofrecer servicios de televisión tanto directa como indirectamente, sino que en este procedimiento califican otras consideraciones generales, como las que contiene la condición 2.9 del título de concesión de la empresa.
Esta condición establece que Teléfonos de México no puede celebrar acuerdos que representen ventajas exclusivas indebidas en su favor o de otras personas.
Al hacer este análisis se podría tomar en cuenta que Telmex no ofrece este servicio de facturación y cobranza a ningún otro operador, por lo que habría que evaluar si hacerlo sólo con estas empresas representa un convenio que da beneficios exclusivos, comentó.
En tanto, Rafael del Villar, integrante de la Cofetel, advirtió que se debe tomar en cuenta que se trata de facturación y cobranza de un servicio de televisión.
“Ningún concesionario o permisionario, por importante que sea, puede autoevaluarse o calificar si requiere o no la autorización, y tampoco se pueden hacer valoraciones a priori de que facturación y cobranza no tienen que ver con una explotación indirecta de la concesión”, dijo.
Ambos comisionados destacaron que Fernando Gay, ex director de la Unidad de Supervisión y Verificación de Cofetel, tenía facultades para emitir el oficio que envió a Telmex el 27 de octubre de este año en el que le requiere información sobre esta alianza y le indica que este tipo de operaciones requiere la aprobación de las autoridades del ramo.